Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

Condenado a 17 años y seis meses de prisión por el asesinato de Fernando Úrbez en Boltaña

Audiencia Provincial de Huesca

ElDiarioAragón

24 de marzo de 2026 12:48 h

0

La Audiencia Provincial de Huesca ha condenado a 17 años y seis meses de cárcel al acusado de matar con una navaja al joven Fernando Úrbez Sarrablo Castillo en el exterior de un bar en Boltaña, en Huesca, el 2 de octubre de 2023. El jurado declaró al acusado culpable de un delito de asesinato con alevosía.

Sergio Domínguez Elvira fue declarado culpable de asesinato por el tribunal del jurado tras el juicio celebrado el pasado mes de febrero en la Audiencia de Huesca al apreciar por unanimidad que fue el autor de la muerte de la víctima, sobre la base del único testigo ocular de los hechos, pero únicamente por mayoría que su intención desde un primer momento era provocar la muerte del joven. Uno de los puntos clave de la sentencia es la apreciación de la alevosía, basada en la nula capacidad de respuesta de Fernando. El texto judicial subraya que el ataque fue “inesperado, atendiendo a la intensidad y dirección del movimiento utilizado”, lo que, sumado a la embriaguez de la víctima, influyó “decisivamente en la anulación de toda respuesta defensiva”.

La resolución hace especial hincapié en el estado de Fernando, señalando que presentaba una concentración de alcohol de 2,75 g/L. Según la pericial forense citada en el fallo, esta circunstancia “reduce la capacidad de atención o reacción, favoreciendo la sorpresa del ataque”. Por ello, el jurado concluyó que el acusado se aprovechó de estas “condiciones objetivas de indefensión o de imposibilidad de repeler la agresión”.

Respecto a la conducta de Sergio Domínguez Elvira, la sentencia destaca la frialdad tras el apuñalamiento. Testigos presenciales indicaron que, tras clavar la navaja, el acusado “se dio la vuelta y se fue hacía su coche” , alejándose de la plaza “sin realizar ninguna maniobra brusca o anómala”. El tribunal resalta que, a pesar de ser consumidor habitual de sustancias, el día de los hechos “no tenía mermadas sus capacidades, ni tenía afectación alguna en sus facultades intelectivas o volitivas” , basándose en que los testigos lo vieron caminar “recto” y hablar de forma “normal”.

En cuanto al castigo penal, el magistrado justifica la extensión de la pena de cárcel por la “mayor o menor gravedad del hecho” y la “grave repercusión vital, familiar e incluso social” de haber acabado con la vida de un hombre de 28 años.

Además de la prisión y la inhabilitación absoluta , el fallo impone medidas de alejamiento y comunicación por un periodo de “diez años superior a la pena de prisión efectivamente impuesta”. En el ámbito económico, la sentencia fija las indemnizaciones detalladas: 104.372,28 euros para el padre , 100.552,84 euros para la madre y 21.995,93 euros para cada uno de los dos hermanos. El juez concluye que estas cantidades buscan compensar un “desgarro vital, afectivo, humano y familiar de especial trascendencia” que “cercena la proyección vital y rompe la estabilidad emocional” de los allegados.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Aragón a interponer, en su caso, en el plazo de diez días.

Etiquetas
stats