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El Consejo de Estado avala prohibir la caza del lobo y discrepa de las quejas de cuatro autonomías, entre ellas Cantabria

Varios lobos ibéricos del Centro del Lobo Ibérico en localidad de Robledo de Sanabria. Archivo

elDiario.es Cantabria

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El Consejo de Estado ha avalado la decisión del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) de incluir a “todas” las poblaciones del lobo ibérico en el Listado de Especies en Régimen de Protección Especial (LESPRE), lo que en la práctica implica la prohibición de cazarlo en toda España, y discrepa de buena parte de los argumentos contrarios expresados por las comunidades autónomas de Galicia, Asturias, Cantabria y Castilla y León.

La orden ministerial que así lo establece ha entrado en vigor este miércoles, una vez que fue publicada este martes, 21 de septiembre, en el Boletín Oficial del Estado.

De acuerdo con el último dictamen del Consejo de Estado al que ha tenido acceso Europa Press y que fue remitido al MITECO el pasado viernes, el órgano consultivo concluye que la inclusión del lobo en el LESPRE resulta “perfectamente admisible” y “no comparte el parecer expresado” por las cuatro comunidades, entre ellas Cantabria, sobre el procedimiento seguido, además de entender que las peculiaridades procedimentales que las mismas han detectado, o bien no constituyen singularidad alguna o bien se encuentran plenamente justificadas.

De ese modo, valora que la decisión normativa adoptada está “suficientemente motivada” e inspirado el principio de precaución de la regulación en la materia. El Consejo de Estado considera que el Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico “puede aprobar la orden proyectada, incluyendo a todas las poblaciones del lobo, con independencia de su localización geográfica” en el LESPRE.

En cuanto al procedimiento seguido para incluir a las poblaciones del norte del Duero en el LESPRE, el Consejo de Estado “no comparte” que en la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural se deban aprobar las decisiones “por consenso” sino por mayoría y, respecto a la abstención de Navarra en dicho Comité el pasado 4 de septiembre, recuerda que hay jurisprudencia relativa a que se debe entender como parte de la libertad constitucional.

Al mismo tiempo, añade que corresponde a la Administración General del Estado incluir o no una especie, atendiendo a la información científica y al parecer de la comisión. De ese modo, valora que la postura de Navarra no cambió ni el parecer de la administración, ni el resultado de la votación.

Base “sólida”

En cuanto a la base científica, el órgano consultivo valora que el departamento que dirige Teresa Ribera ha presentado “una base sólida, aunque ciertamente discutible, de su propuesta de inclusión y la ha expuesto detenidamente”.

En todo caso, la circunstancia de que la información científica del MITECO pueda ser rebatida por “estudios doctrinales” que algunas comunidades autónomas han aportado durante la tramitación del expediente, no permite concluir “sin más” que la inclusión de todas las poblaciones del lobo carezca de fundamento legítimo.

Si bien, admite que esta abre controversias relativas al cambio del estatuto jurídico de las poblaciones del lobo al norte del Duero dado que las medidas de control pasarán a ser de carácter excepcional.

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