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Las cifras del negocio redondo de FCC Aqualia en 'Aguas de Alcázar'

Pancarta de ciudadanos oponiéndose al acuerdo. / Foto: Javier Robla

Luis Enrique Espinoza Guerra

El Pleno del Ayuntamiento de Alcázar de San Juan celebrado el pasado día 24 acordó con los votos de PP y Ciudadanos por Alcázar seleccionar a FCC Aqualia S.A., la única licitadora, como socio privado que adquirirá el 52,38 % del capital social de “Aguas de Alcázar Empresa Municipal, Sociedad Anónima” y así constituir junto al Ayuntamiento una nueva empresa mixta a la que se concede la gestión indirecta del servicio del ciclo integral del agua durante 25 años.

A la vista de la resolución de la adjudicación, el socio privado se compromete a comprar la mayoría de las acciones por un total de 66.111,32 euros, más 1.075.811,66 euros de abono de una “prima de emisión” cuyo destino se desconoce. Además gestionará un préstamo a favor de la nueva sociedad por 6.525.876 euros, a devolver por la empresa mixta que se constituye con intereses (un 4 % TAE) en diez años, para financiar el pago de la deuda que tiene contraída Aguas de Alcázar con el propio Ayuntamiento de Alcázar de San Juan, su hasta ahora accionista único.

La oferta también incluye una cuantía de 4,5 millones que la nueva empresa mixta deberá destinar a obras de naturaleza hidráulica durante los 25 años que dure la concesión. Bien entendido que estas obras no las financiará el socio privado a su costa sino la sociedad mixta con sus recursos, obtenidos de la recaudación del servicio o, en su caso, acudiendo a un préstamo reembolsable.

El socio privado tendrá garantizado un ingreso de un 8 % de la facturación anual, excluidos impuestos, en concepto de retribución por su “saber hacer”. Dado que la facturación actual asciende a 4.450.000 millones de euros, según los datos aportados por el Ayuntamiento, la compensación anual al socio será de 356.000 euros como mínimo y crecerá en proporción a lo que se facture. Eso al margen de lo que perciba por el beneficio asociado a su participación, mayoritaria, en el capital social ya que el dividendo se reparte entre los accionistas.

Finalmente se prevé que la nueva empresa mixta abone al Ayuntamiento por la explotación del servicio un 5 % anual sobre la facturación del ciclo integral del agua, excluidos impuestos, por el “uso” de las infraestructuras. El socio privado deberá anticipar 1,7 millones de ese canon al Ayuntamiento para el pago de los impuestos de la operación de venta y creación de la nueva empresa, aunque lo recuperará posteriormente al repercutirlo sobre la sociedad mixta.

Negocio garantizado para el socio privado.

En definitiva la aportación inicial de ese socio privado, FCC Aqualia, será de 2,8 millones aproximadamente, sumando coste de acciones y prima de emisión junto a anticipo de canon. Además debe conseguir un préstamo a favor de la sociedad mixta de 6,5 millones a un 4 % TAE de interés.

Los Estatutos de la nueva sociedad prevén que anualmente se irá formando un fondo, con los ingresos de explotación, para que al acabar el plazo de concesión se devuelva al socio privado lo que desembolsó por las acciones.

El canon inicial lo recuperará en ocho años porque simplemente lo anticipa y se ha previsto como un coste más entre los gastos de explotación anuales de la nueva sociedad.

El servicio de los intereses del préstamo y su amortización correrán por cuenta de la sociedad mixta durante 10 años y del resto de la aportación el socio privado se resarcirá como máximo en tres años con los beneficios de la explotación que le correspondan en relación a su capital social y además con el ingreso que tiene garantizado, de un 8 % de la facturación anual por su “saber hacer”.

Todo ello suponiendo que el volumen de facturación o las tarifas permanezcan invariables, lo cual parece improbable cuando el propio Ayuntamiento y el socio privado se llevan un 13 % de la facturación y por lo tanto tienen interés en que aumente.

Renuncia a corregir el desequilibrio de la empresa municipal

El controvertido camino que ha escogido el Ayuntamiento de Alcázar se justifica por el equipo de gobierno en la situación financiera de la empresa municipal, pero no en los resultados de explotación que siguen siendo positivos con unos costes inferiores en más de 200.000 euros a los ingresos que se obtienen anualmente.

El camino escogido no es el único, ya que el desequilibrio financiero se debe a la deuda que mantiene con el propio Ayuntamiento, su propietario único, y para corregirlo la Ley 27/2013 de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local prevé la posibilidad de que el Ayuntamiento pueda realizar aportaciones patrimoniales o ampliar el capital, que en este caso se podría haber materializado en la renuncia del Ayuntamiento a cobrar la deuda de su sociedad.

Además para este tipo de entidad, que desarrolla una actividad de abastecimiento de aguas, la misma ley da un plazo hasta el 31 de diciembre de 2015 para la corrección del desequilibrio, si lo hubiese.

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