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El Bocyl publica condiciones de desplazamientos y actividad al aire libre de niños que están bajo la guarda de la Junta

Un parque infantil en el Campo Grande precintado para frenar la expansión del virus.

EUROPA PRESS

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El Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) publica este miércoles las condiciones de los desplazamientos y la actividad al aire libre de los niños bajo la guarda de la Administración autonómica, de acuerdo con la normativa estatal relativa a la salida de los menores de 14 años en el actual estado de alarma provocado por la crisis sanitaria de la COVID-19.

En cuanto a la organización de los desplazamientos y actividades al aire libre permitidas, la organización y distribución de los desplazamientos permitidos se establecerá por la persona que ejerza la dirección del centro donde se atiende a estos menores de acuerdo con la normativa y las medidas necesarias para prevenir el riesgo de contagio de ellos mismos o de otros menores residentes en el centro, trabajadores o de cualquier otra persona, a cuyo efecto se seguirán en todo momento las indicaciones de las autoridades sanitarias.

El guardador material que vaya a acompañar al menor en los desplazamientos y actividades al aire libre permitidas, atendiendo a la organización establecida por la persona que ejerza la dirección del centro, será el encargado de garantizar que se cumplen antes, durante y después de los desplazamientos permitidos las medidas establecidas, especialmente en lo que respecta a los requisitos y prevenciones para evitar contagios.

Durante el desarrollo de los desplazamientos y actividades al aire libre permitidas, se respetarán las medidas de distanciamiento interpersonal con terceros establecidas, pudiendo finalizarse anticipadamente el desplazamiento si no se respetasen las condiciones determinadas.

Corresponderá a la Entidad Pública de Protección determinar los menores mayores de 14 años que requieran salir acompañados de un adulto responsable por motivos de necesidad, así como aquellos que pueden salir junto a otro mayor de 14 años con el que conviva en el mismo centro.

Mayores de 14

En el caso de menores mayores de 14 años autorizados a realizar salidas sin acompañamiento de adulto responsable, por la persona que ejerza la dirección del centro se expedirá a aquéllos un justificante en el que queden detalladas las condiciones de la salida autorizada, así como el teléfono de contacto ante cualquier incidencia.

En aquellos casos en que en un centro específico de protección residan menores que no puedan realizar desplazamientos y actividades al aire libre permitidas, cualquiera que sea la causa de ello, se mantendrá con ellos una actividad educativa dirigida a explicarles la situación general de confinamiento, cuáles son las normas y la situación particular de cada uno de ellos, desde la perspectiva de los riesgos sanitarios existentes, en función de su edad y circunstancias personales, haciéndoles partícipes del cumplimiento de las mismas de forma que lo entiendan y puedan contribuir a la mejor y más adecuada convivencia en el centro.

Los adultos responsables que, en su caso, acompañen a los niños durante los desplazamientos y actividades al aire libre permitidas acreditarán su condición ante las autoridades competentes respecto de estos, a través de la resolución de la Entidad Pública de Protección de Castilla y León por la que se delega la guarda de cada menor en el centro.

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