La Justicia confirma que no ve delito en las 60 muertes de ancianos por COVID en la residencia de Tremp (Lleida)
La Audiencia de Lleida ha confirmado el archivo de la causa penal abierta a los responsables de la residencia de Tremp que en el otoño de 2020 registró uno de los brotes más graves de coronavirus en Catalunya, con 61 ancianos fallecidos.
La resolución cierra definitivamente la vía penal para los familiares de las víctimas, y confirma de nuevo que la mayoría de tribunales españoles no aprecian que las muertes en residencias alcanzaran la gravedad para investigarse por los delitos de homicidios por imprudencia o contra los derechos de los trabajadores.
En un auto, adelantado por Pallars Digital y que ha confirmado el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), la Audiencia de Lleida considera “evidente” que los responsables de la residencia de Tremp investigados tuvieron “numerosas dificultades” para actuar “con la celeridad que exigía la gravedad de la situación”, esto es, con los contagios disparados y sin control entre ancianos y plantilla.
Sin embargo, concluye el tribunal, las “dificultades no son atribuibles a ninguna acción u omisión dolosa o imprudente” de la directora de la residencia en el momento de los hechos y su responsable sanitaria (una monja aquejada en la actualidad de demencia senil que la convierte en inimputable) “por no haber facilitado a los trabajadores los medios necesarios para evitar riesgos durante su jornada laboral”.
En pocas semanas, la residencia de la Fundación Fiella-Sant Hospital de Tremp, un municipio de menos de 6.000 habitantes en la comarca del Pallars Jussà (Lleida), se convirtió en un agujero negro donde han fallecido más de medio centenar de personas.
En conjunto, se produjeron 61 defunciones por COVID-19 de los 150 residentes, lo que supuso más del 40% del total de ancianos que acogía el centro. La investigación también reveló déficits organizativos en la gestión de los protocolos del centro, que terminó con 42 trabajadores de un total de 65 contagiados.
La Audiencia de Lleida constata que falló el plan de contingencia de la residencia (que implicaba la organización del centro por plantas, zonas de aislamiento y un control por parte de médico, una enfermera y una supervisora) y que fue por la conselleria de Salud, si bien no implica que ello conlleve una responsabilidad penal.
El “contexto excepcional de pandemia que se estaba viviendo” (pese a que los hechos ocurrieron en la segunda ola del COVID, no la primera), argumenta el tribunal, implicó que el plan de contingencia no pudiera aplicarse “dada la excepcionalidad del momento debido al elevado número de contagios”.
“Las posibles deficiencias en la difusión del plan [entre la plantilla] tampoco hubieran evitado el gran número de contagios”, zanja el tribunal. Ni la Generalitat ni la Inspección de Trabajo tampoco sancionaron a la residencia por vía administrativa.
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