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Anticorrupción pide seis años de cárcel para la exdirectora del IVAM por comprar como original obra falsa de Gerardo Rueda

La exdirectora del IVAM, Consuelo Císcar

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La Fiscalía Anticorrupción y la acusación popular ejercida por Acción Cívica Contra la Corrupción consideran que la exdirectora del Institut Valencià d'Art Modern (IVAM) habría cometido un delito de malversación por haber comprado a sabiendas obra falsa del escultor Gerardo Rueda como si fuera original. Por este motivo, el  Ministerio Público solicita seis años de cárcel para la expolítica del PP y la entidad ciudadana 12 y 15 de inhabilitación especial. El fiscal y la acusación también consideran que habrían cometido el mismo delito el hijo del escultor, José Luis Rueda, y el exdirector económico del IVAm Juan Carlos Lledó para quienes reclaman cinco años y medio y doce de prisión, respectivamente. 

La fiscal del caso mantiene que “entre los años 2004 a 2011, los acusados Consuelo Ciscar y José Luis Rueda urdieron un plan al margen de la Presidencia y del Consejo Rector del Instituto consistente en desviar parte de los fondos públicos que recibía el museo (...) en la adquisición de distintas obras de arte como si fueran originales del artista Gerardo Rueda, fallecido el 25 de mayo de 1996, cuando en realidad se trataban de reproducciones póstumas con un valor muy inferior al establecido por el vendedor y abonado por el IVAM”.

 

La decisión de adquirir estas obras, prosigue, “fue tomada por la directora del museo, única responsable de la institución que mantuvo contactos con el vendedor”. “La decisión de adquirir estas esculturas estuvo presidida por el ánimo de beneficiar ilícitamente al acusado José Luis Rueda Jiménez, ya que en el momento de la firma de los contratos únicamente los acusados conocían que las obras no habían sido ejecutadas por el artista en vida y que debían ser fundidas bajo la dirección de su heredero”, añade.

 

La fiscal asevera que Ciscar, “pese a conocer esta circunstancia, ocultó la verdadera naturaleza de las obras a la Comisión Asesora de Adquisiciones, así como al Consejo Rector, al que debía dar cuentade dicha operación”. De hecho, “previo a firma del contrato, la directora no informó debidamente al departamento de conservación de la operación de compraventa, evitando la revisión y la elaboración delpreceptivo informe sobre la idoneidad y pertinencia de esta adquisición, así como ocultando la verdadera naturaleza de las obras y si el precio de la oferta se ajustaba al precio de mercado”.

 

Para ejecutar ese “plan”, Císcar y Rueda, “con la colaboración del acusado Juan Carlos Lledó”, que como director económico administrativo debía dirigir el proceso de contratación de las adquisiciones y exposiciones, habrían iniciado dos expedientes de compra “en los que se omitieron deliberadamente los informes preceptivos”.

Pese a que los acusados sabían que las piezas pasaban a formar parte del patrimonio público, acudieron a la contratación privada --mediante un contrato de compraventa con el hijo de Rueda--. Asimismo, la directora del museo “habría omitido de forma intencionada el informe previo justificativo de la idoneidad de adquisición de las obras desde el punto de vista artístico para la colección del museo, así como de la adecuación de su precio al valor de mercado”.

El ministerio público asevera que “las 7 obras vendidas y 44 de las 77 donadas no fueron ejecutadas en vida por Gerardo Rueda, que falleció sin dejar instrucciones sobre cuál era su voluntad concreta respecto a su fundición, circunstancia plenamente conocida por los acusados, lo que no impidió que pactasen un precio de adquisición muy superior al correspondiente a la verdadera naturaleza de las obras”.

En este sentido, alude en concreto a tres obras adquiridas y fundidas en hierro cromado monumentales, “ampliaciones enormes de originales realizados en vida por el artista en medidas mucho más reducidas sin que este a su fallecimiento dejase bocetos, maquetas, instrucciones o pruebas de artista que permitiesen la reproducción fiel de las mismas”.

También se refiere a que Ciscar y José Luis Rueda, “conscientes de que lo que se estaba entregando al IVAM eran copias post mortem que precisaban de su fundición previa, pactaron que fuese el propio Instituto el que se hiciese cargo de la ejecución de las esculturas mediante la contratación” de una fundición sita en Madrid. Así, se suscribió un contrato para la fundición de 44 piezas por el que el IVAM pagó en tres anualidades 512.524.

Copias sin cotización en el mercado

Concluye Anticorrupción que, durante el periodo de tiempo en elCiscar cumplió las funciones de dirección, el IVAM destinó 3.456.876 euros a la adquisición de unas obras “que no tenían la consideración de obras originales, tratándose de copias post mortemque carecen de cotización en el mercado”.

Por todo lo relatado, tiene a Consuelo Ciscar por autora del delito continuado de prevaricación administrativa, de falsedad en documento oficial cometido por funcionario público y de malversación de caudales públicos en su modalidad agravada. Y le pide la pena de seis años de prisión, multa de 144.000 euros, así como inhabilitación especial por tiempo de 6 años.

Para Juan Carlos Lledó solicita la pena de cinco años y seis meses de prisión e inhabilitación y multa de 63.000 euros por los delitos continuados de prevaricación administrativa, falsedad en documento oficial, en concurso medial con malversación de caudales públicos. Finalmente, para José Luis Rueda, reclama, por delito continuado de malversación de caudales públicos, cinco años de prisión e inhabilitación absoluta por 20 años. INDEMNIZACIÓN DE

Casi 3,5 millones al IVAM

Además, por el concepto de responsabilidad civil, la fiscal aboga por que los acusados indemnicen al IVAM, conjunta y solidariamente, con 3.456.876 euros.

Por su lado, la acusación popular eleva en su escrito, consultado por Europa Press, hasta 12 años las penas para los acusados, en todos los casos por delito continuado de malversación de caudales públicos e su tipo agravado en concurso medial con los delitos continuados de prevaricación y falsedad documental.

Subraya esta parte que Ciscar y Lledó “en total connivencia con José Luis Rueda, hijo adoptivo y heredero del artista Gerardo Rueda, con el fin de lucrarse en perjuicio del erario público, tramitaron entre los años 2004 y 2006 dos expedientes de adquisición de obras de supuesta autoría del mencionado artista”.

Así, continúa, mediante compra y donación de José Luis Rueda el museo adquirió “un total de 98 obras de arte no originales realizadas post mortem haciéndolas pasar de manera consciente e intencionada como originales y de autoría de difunto artista”.

En la misma línea, también aumenta la cuantía de la posible indemnización: más de 4,1 millones de euros, ya que a los 2,9 millones en los que cifra la posible operación de compraventa fraudulenta y los más de 512.00 del coste de fundición añade 719.987 euros por la “promoción de la supuesta obra de Gerardo Rueda, a cargo de los fondos públicos, una tapadera para promocionar de manera torticera obras de la colección privada del señor Rueda Jiménez”.

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