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Archivada la causa por el campo de golf de Borriol al no apreciar delitos en Fabra, Sergio García y su padre

Imagen de archivo de Carlos Fabra a la salida de los juzgados

Europa Press

Castellón —

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La titular del Juzgado de Instrucción número 4 de Castellón ha acordado el sobreseimiento provisional de la causa en la que se investigaban posibles delitos societarios en la adquisición del campo de golf ubicado en la localidad de Borriol, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).

La magistrada considera que de las diligencias de investigación practicadas no ha resultado la comisión de hecho delictiva alguna por parte de los investigados: el que fuera presidente de la Diputación Provincial Carlos Fabra, el golfista Sergio García y el padre de éste.

La causa se abrió en julio de 2016, fue archivada en un primer momento en mayo de 2017 y se reabrió con posterioridad, ya en 2020, al aparecer nuevos datos en el marco de otro procedimiento, el que se sigue por la presunta ocultación del patrimonio de Fabra.

Ahora, el Juzgado de Instrucción número 4 de Castellón ha estimado la solicitud de sobreseimiento de las actuaciones formulada por los tres investigados.

La magistrada entiende que no existe “relación alguna” entre el préstamo de 100.000 euros efectuado por el padre del golfista a Carlos Fabra en 2009 con la adquisición por parte de la empresa de la familia del deportista, Golf Borriol SL, de los terrenos propiedad de Golf del Mediterráneo SA, cuyo consejo de administración presidía también el expresidente de la Diputación.

“La constitución de las hipotecas que prestó Golf del Mediterráneo SA fue realizada por decisión del Consejo de Administración y ratificado por la Junta General de la sociedad”, recoge el auto, que puede ser recurrido en reforma y/o apelación.

Decisiones “fuera del alcance y poder de decisión” de Fabra

Esas decisiones estaban “fuera del alcance y poder de decisión” de Carlos Fabra, “cuya participación quedaba reducida a emitir su propio voto sin ostentar la mayoría necesaria para adoptar el acuerdo”, añade.

La juzgadora tampoco aprecia la comisión de ningún delito en el contrato de arrendamiento de industria suscrito en noviembre de 2013 entre ambas empresas, pues éste “no implicaba lesión alguna para los intereses” de Golf del Mediterráneo SL, en tanto que la entidad arrendataria “sustituía como gestor en las instalaciones a una asociación deportiva con dificultades económicas”.

Ese contrato fue ratificado igualmente por la Junta General de la mercantil arrendadora en junio de 2014, por lo que “también estaba fuera del alcance y poder de decisión del investigado Carlos Fabra”.

Finalmente, el auto recoge que las diligencias de investigación practicadas no han acreditado que los investigados “recibieran remuneración o gratificación alguna” como consecuencia de estas operaciones económicas, ni se ha establecido “relación alguna” entre el préstamo de 2009 antes citado con la adquisición de los terrenos del campo de golf.

“El contrato de arrendamiento se presenta como una solución económica para la entidad Golf del Mediterráneo SA, previsto para cubrir un periodo de diez años, aunque posteriormente quedó limitado a un periodo inferior desde su firma en el año 2013 hasta el año 2016, cuando se adjudican los terrenos a Golf Borriol”, precisa la resolución judicial.

Del mismo modo, la juzgadora ha analizado un segundo préstamo, de Golf Borriol SL al club de campo del Mediterráneo, de julio de 2013, y ha concluido que se otorgó de forma pública y respondía a “la necesidad de abonar gastos necesarios como seguros sociales y nóminas”.

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