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Matrículas universitarias, transporte público y control de alimentación: todas las tasas autonómicas que bajan en la Comunitat Valenciana

El conseller de Hacienda, Vicent Soler, en la sede de la conselleria.

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El Gobierno valenciano ha aprobado este viernes el decreto para rebajar tasas y otros tributos de la administración autonómica para hacer frente a la inflación. El Ejecutivo autonómico aboga por reducir los precios en sectores concretos en lugar de una bajada generalizada de impuestos, considerando así aquellos con mayor impacto en las rentas bajas y los más afectados por el encarecimiento de energías y carburantes.

El Consell ha aprobado el decreto ley por el que se regula la bonificación del 10% de las tasas propias y precios públicos gestionados por la Generalitat hasta el 31 de diciembre de 2022. Se estima que la medida beneficie directamente a un total de más de 1.300.000 valencianos y valencianos y suponga un ahorro de costes para las familias y empresas valencianas cercano a los 30 millones de euros.

Se trata de una reducción de carácter temporal que se enmarca dentro del Plan Reactiva, con el fin de mitigar el impacto de la inflación en la economía de las familias y empresas valencianas, evitar que su capacidad adquisitiva se vea más perjudicada, así como paliar y controlar los efectos negativos que puedan producir sobre la renta real y el empleo, informa el Ejecutivo en un comunicado.

La bonificación “responde a la voluntad del Consell de hacer frente al aumento de la inflación que ha desencadenado el problema de suministros ligado al parón de la COVID-19, así como el incremento en el precio de las materias primas y energía a causa de la sobredemanda para la recuperación económica y agravada tras la invasión de Ucrania por parte de Rusia”.

Tasas incluidas

El decreto ley aprobado afecta a todas las tasas propias, reguladas por la Ley 20/2017, a excepción de las tasas por servicios universitarios y siempre y cuando no sean de solicitud o recepción voluntaria para los obligados tributarios y que no se presten o realicen por el sector privado, esté o no establecida su reserva a favor del sector público. Las tasas universitarias se rebajarán un 10% de forma indirecta, descontándose de otros servicios, puesto que su precio no se fija en los presupuestos de la Generalitat. Estas tasas son gestionadas por las propias universidades y su cuantía está sujeta a unos límites fijados en el ámbito de la actuación de los órganos colegiados correspondientes, por lo que el descuento se aplicará en distintos conceptos incluidos por servicios universitarios en el Decreto 168/2021.

En cambio, sí que se han considerado a tal efecto las tasas por Inspecciones y Controles Sanitarios de Animales y sus Productos, reguladas la Ley 10/1997; las tarifas portuarias, reguladas en la Ley 1/1999, con la excepción de los servicios a la pesca fresca y acuicultura marina; y las tasas por uso y ocupación de espacios en los puertos de la Generalitat en virtud de autorización o concesión, recogidas en la Ley 2/2014, con la excepción de la tasa por primera venta de pescado.

También se verán reducidos un 10% todos los precios públicos fijados por la Generalitat, con la misma limitación temporal desde la entrada en vigor del decreto-ley hasta el próximo 31 de diciembre de 2022.

La medida, recalca el Consell, únicamente afecta a las bonificaciones a favor de la Administración de la Generalitat y de su sector público instrumental que se realicen en régimen de derecho público. Es decir, no se incluirán las contraprestaciones exigidas por entidades sujetas al derecho privado. Así pues, quedan excluidos del ámbito de aplicación de la medida los precios percibidos por las entidades de derecho público, las entidades públicas empresariales, así como las sociedades mercantiles y fundaciones del sector público, en tanto que están sometidas al derecho privado.

Tampoco se incluyen los consorcios de los que forma parte de la Generalitat, en tanto que su creación obedece a un convenio firmado entre las partes, y su modificación implicaría una decisión que debería adoptarse en el seno del propio consorcio, de acuerdo con el convenio que lo regule.

Exención durante 6 meses

Por otro lado, se establece una exención de 6 meses para las tarifas portuarias por servicios a la pesca fresca y acuicultura marina, así como para las tasas por uso y ocupación de las instalaciones para la primera venta de pescado fresco, que quedan excluidas de la reducción general del 10%.

Dado que en el caso de la tarifa portuaria G-4, el periodo de liquidación es mensual, mientras que, en las tasas por uso y ocupación, el periodo de liquidación es semestral, con el fin de periodificar el beneficio sin alterar la regla de devengo y exigencia del impuesto se ha introducido una regla especial de cómputo de la base imponible por la cual se excluirán del cómputo de la base imponible los elementos para su cálculo generados durante la vigencia del beneficio.

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