Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
Gobierno y PP reducen a un acuerdo mínimo en vivienda la Conferencia de Presidentes
Incertidumbre en los Altos del Golán mientras las tropas israelíes se adentran en Siria
Opinión - ¡Con los jueces hemos topado! Por Esther Palomera

El Puerto de Valencia renuncia a recurrir la sentencia que beneficia a su consejero Vicente Boluda con una nueva concesión

Aurelio Martínez, expresidente de la Autoridad Portuaria de Valencia, y Vicente Boluda en un acto de AVE.

Carlos Navarro Castelló

30 de junio de 2023 22:46 h

0

Los cambios aprobados por la Autoridad Portuaria de Valencia (APV) en el proyecto de su polémica ampliación norte acabarán beneficiando al presidente de la Asociación Valenciana de Empresarios (AVE) y consejero de la propia APV, Vicente Boluda.

Una de las consecuencias del cambio de configuración de la nueva terminal es el traslado de la terminal de cruceros, actualmente ubicado en el dique norte, alejada por tanto del casco urbano, a los terrenos que ocupan los astilleros de Unión Naval, empresa propiedad de Boluda, mediante una concesión que caducaba en el año 2027.

Más allá de que el traslado de la terminal a una zona pegada a los Poblados Marítimos se aprobó sin ningún tipo de informe ambiental, para ubicarla en el nuevo emplazamiento había que dejar sin efecto la concesión que tenía vigente Boluda, por lo que la APV recurrió a un procedimiento de rescate de la concesión por el cual en lugar de pagarle una compensación económica al naviero, se le otorgó otra nueva de 35 años valorada en cerca de 3 millones de euros para la construcción de un edificio de oficinas de 13 plantas en otros terrenos.

Sin embargo, tras aprobar el consejo de la APV el rescate de esta concesión y la permuta con la nueva, sendos informes de la Abogacía del Estado y de la Intervención concluyeron que esta operación era lesiva para los intereses públicos y que se debía haber recuperado la concesión de Unión Naval por la vía de la caducidad, sin compensación para Boluda, entre otros motivos al estar los terrenos desde 2012 sin el uso principal para el que se otorgó el permiso, es decir, la construcción de barcos.

Por este motivo, el consejo de administración de la APV dio cuenta el 29 de junio de 2021 del inicio de un procedimiento de lesividad, cuyo objetivo era anular el acuerdo del consejo de administración de la APV adoptado en 2019 por el cual se aprobó rescatar la concesión otorgada a Boluda en los astilleros de la Unión Naval, compensándole con una nueva.

El procedimiento de lesividad, sin embargo, debía recibir el aval del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) cosa que no ha ocurrido. Como informó elDiario.es, el TSJCV dio la razón a Boluda, quien se personó en la causa abierta tras la demanda del organismo portuario.

La sentencia da un tirón de orejas a los servicios jurídicos de la APV puesto que en su demanda en la que debe justificar por qué la compensación otorgada a Boluda es lesiva “se olvida en cada uno de sus pasos de señalar la razón de ser marcadamente contrario al interés público y se ha centrado en la ilegalidad” sin haber acreditado “ni uno ni otro requisito”.

Pese a todo, la APV está satisfecha con la resolución y renuncia a pelear por los bienes públicos puesto que no recurrirá el fallo. El director general del organismo, Francesc Josep Sánchez, aseguró este viernes tras el consejo de administración que “la sentencia viene a ratificar que actuación de la APV había sido correcta, para recuperar esos terrenos estaba la vía del rescate y la de la caducidad y tras estudiar las dos alternativas vimos que la de la caducidad no era posible por razones técnicas y jurídicas y se optó por la del rescate”.

Tras los informes contundentes de la Abogacía y de la Intervención que concluían que se debía ir por la vía de la caducidad, sin compensación para Boluda, “aunque no estábamos de acuerdo, acatamos lo que dijeron y por eso se inició el expediente de lesividad que se elevó a la secretaría de estado y que tenía que resolver el TSJCV, cuya resolución avala todos los argumentos por lo que dijimos que no había causa de caducidad”.

Por este motivo, explicó Sánchez, “tras analizarlo coincidimos con los argumentos que da el TSJCV y por parte de la APV no hay ninguna razón para presentar recurso de casación, no obstante se ha trasladado a la Abogacía del Estado y si considera que se debe recurrir, se presentará el recurso de casación, pero por parte de la APV no se ve que se den las circunstancias”.

Etiquetas
stats