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Facua: La Ley hipotecaria “beneficia en exceso” a los bancos ante los impagos

Facua: La Ley hipotecaria "beneficia en exceso" a los bancos ante los impagos

EFE

Sevilla —

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La nueva ley hipotecaria “beneficia excesivamente a la banca ante los impagos”, según Facua-Consumidores en Acción, quien ha criticado que la norma “facilita el inicio de procedimientos de ejecución que derivarán en desahucios ante el impago de un número muy reducido de cuotas”.

Según Facua, la nueva ley “permite echar a las familias de las viviendas antes de que encuentren alternativas habitacionales y no impone la dación en pago a las entidades, que además seguirán haciendo negocio con los desahucios al quedarse con las viviendas por hasta la mitad de su valor de tasación”.

Facua admite que “la norma incorpora mejoras para los consumidores, especialmente en materia de transparencia” pero ha lamentado en un comunicado que “se ha desaprovechado una gran oportunidad para proteger los derechos de los usuarios que atraviesan problemas económicos que les impiden pagar las cuotas hipotecarias durante un periodo de tiempo”.

La asociación también ha considerado “lamentable” que la ley establezca que la banca pueda aplicar intereses de demora de tres puntos por encima del interés remuneratorio, cuando la jurisprudencia ya había establecido que los fijados dos puntos por encima son abusivos.

Igualmente, ha criticado que se haya establecido un suelo legal del 0 %, “fruto de las presiones de la banca en una coyuntura en la que el euríbor lleva años en negativo”.

“Sin embargo, no se ha establecido un techo a los tipos de interés de las hipotecas, por lo que las familias quedan desprotegidas si el euríbor o el resto de tipos de referencia se disparan en el futuro”.

Según Facua, con la nueva ley, basta que el usuario haya dejado de pagar entre el 10 % y el 2,5 % de las mensualidades -según se trate de hipotecas de 10 a 40 años- para que las entidades puedan reclamar el vencimiento anticipado del préstamo e iniciar un procedimiento que derive en un desahucio.

Y sólo es necesario que el hipotecado haya incurrido en el impago de doce mensualidades o el 3 % del capital en la primera mitad de vida del crédito, o de quince cuotas y el 7 % del capital para el resto.

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