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La Agencia Tributaria enarbola un estudio que reduce al 11,2% del PIB el tamaño de la economía sumergida en España

Manifestación de empleadas de hogar pidiendo salir de la economía sumergida

Marina Estévez Torreblanca

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El tamaño de la economía sumergida de un país es difícil de medir, ya que precisamente se nutre de actividades que escapan de los controles estadísticos y del pago de impuestos de forma continuada o puntual. Pueden ser ejemplos de esta economía informal el famoso “con IVA o sin IVA” de algunas reparaciones, las rebajas por pagar en efectivo y no con tarjeta en ciertos establecimientos, pero también los trabajos sin contrato en sectores como la hostelería o el de tareas domésticas y el pago opaco de transacciones inmobiliarias.

En el caso español, los datos esgrimidos por el Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda, Gestha, elevan a un 25% del PIB (más de 250.000 millones de euros) la economía “en b”, lo que provocaría una pérdida de ingresos a la Hacienda pública próxima a los 70.000 millones de euros. Por su parte, un informe de Funcas de 2018 analizaba una serie de diferentes estudios sobre la economía informal comparada con otros países que situaban esta actividad opaca en España entre el 18,5% y el 24,5% del PIB.

Bastante lejos de estas cifras, el plan estratégico 2020-2023 de la Agencia Tributaria, recientemente publicado, recoge que el conjunto de actividades no declaradas en España equivaldría al 11,2% del PIB, es decir, a unos 136.000 millones de euros. Este cálculo no es propio (no hay estimaciones oficiales sobre este fenómeno), sino de Friedrich Schneider, uno de los autores de referencia en la materia. En un estudio para el FMI de enero de 2018 junto a Leandro Medina, el académico matizaba algunas evaluaciones propias anteriores sobre el tamaño de la economía informal en España, que no obstante seguía situando por encima de la media europea (que encabeza Bulgaria con un 19,2% y cierra Suiza con un 3,9% del total de sus actividades). Calcularon el tamaño de las “economías en la sombra” en 158 países, centrados principalmente en actividades económicas y productivas y evitando actividades ilegales o criminales.

En realidad, los porcentajes que ofrecen Medina y Schneider son diferentes en función de la metodología aplicada y llegan a distintas conclusiones introduciendo determinadas cautelas y ajustes metodológicos para evitar duplicidades y sobreestimaciones. De este modo, usando otro método de cálculo, el porcentaje de economía sumergida en España sería del 17,2% del PIB. Y con otros ajustes menores, los autores hablan de un tamaño medio del 24,52% del PIB de las actividades que escaparían al control de la administración en el país.

En todo caso los propios autores, tras analizar cada una de las mediciones, señalan que el cálculo que establece un menor tamaño de la economía informal podría ser el más adecuado. “La economía sumergida se muestra considerablemente más pequeña, y este podría ser un valor más realista del tamaño”, aseguran. Para establecer el ajuste que en el caso de España daría como resultado un tamaño de entre 17,2% al 11,2% del PIB se resta el material comprado legalmente para la economía sumergida, el bricolaje y arreglos caseros o actividades de ayuda entre amigos o vecinos. Luego se deducen actividades ilegales como el contrabando. “Debido a estos factores se obtiene una economía paralela corregida que es aproximadamente dos tercios del tamaño macro de la economía sumergida”, explican.

La AEAT va más allá en sus reflexiones en relación a lo que supone para la recaudación de impuestos la economía sumergida. De este modo, advierte de que “constituye un claro error de concepto aplicar el porcentaje que representa la presión fiscal sobre el PIB a la cifra estimada de economía sumergida para de esta forma calcular la recaudación que se lograría si se consiguiera su conversión en economía formal”.

Esto es, recalcan que en ningún escenario todas estas actividades podrían pasar simplemente a ser totalmente legales ni todos los ingresos llegarían al mínimo para pagar impuestos.

“En la economía sumergida se incluyen actividades ilegales de imposible transformación en economía oficial, actividades de subsistencia difícilmente viables si se regularizaran, ingresos que nunca tributarían considerando la existencia de mínimos exentos e incentivos fiscales y, además, en ocasiones se pagan impuestos incluso desarrollándose actividades ocultas (por ejemplo, el IBI)”, resumen.

En esta idea también el Consejo General de Economistas, que hace hincapié entre las dificultades para medir estas magnitudes la divergencia entre las definiciones de economía sumergida o el equiparar este problema económico, es decir de rentas no declaradas por bienes y servicios, con el fraude fiscal, una cuestión de cumplimiento de obligaciones de pago que abarca más aspectos. El fraude fiscal no siempre es completo, señalan, con ejemplos como quien vende productos en la calle, desarrollando una actividad de economía sumergida pero no defrauda en todas sus obligaciones fiscales, ya que, por ejemplo, al comprar en el supermercado, está pagando el IVA.

Para Schneider y Medina, la economía sumergida incluye todas las actividades económicas que están ocultas a las autoridades oficiales por razones monetarias, regulatorias e institucionales. Las razones monetarias incluyen evitar el pago de impuestos y todas las contribuciones a la seguridad social, las razones regulatorias incluyen evitar la burocracia gubernamental o la carga del marco regulatorio, mientras que las razones institucionales incluyen la corrupción, la calidad de las instituciones políticas y la debilidad del estado de derecho.

Un coste recaudatorio de 24.000 millones

La Agencia Tributaria hace además referencia a autores que consideran que solo un 60% de la economía sumergida es susceptible de generar ingresos tributarios si se regularizase. Esto es, en el caso español lo sería en un importe equivalente al 6,7% del PIB si partimos del cálculo de Schneider anteriormente mencionado. “Aplicando a este último porcentaje el 35,2% que representa la presión fiscal sobre el PIB, se podría estimar que el coste recaudatorio que representa la economía sumergida se sitúa en el entorno del 2,36% del PIB”, más de 24.000 millones, frente a los 70.000 millones de los que habla Gestha y la propia Funcas.

En todo caso, cabe recordar para poner esta cifra en perspectiva que el gasto presupuestado en 2019 para prestaciones por desempleo y sanidad estatal ascendía en 2019 a 22.694 millones sumadas ambas partidas, es decir, menos de lo que cuesta a las arcas públicas la economía sumergida en el más optimista de los escenarios.

Y añaden que la Agencia Tributaria gestiona aproximadamente el 50% de los ingresos tributarios totales del país (el resto es competencia autonómica), “por lo que se puede estimar que el margen sobre el que la Agencia puede actuar por lo que se refiere a los incumplimientos fiscales derivados de la existencia de economía sumergida se sitúa en torno al 1,18% del PIB, es decir, en torno a 14.160 millones”.

“Existe una alta percepción de la existencia de fraude, cabe plantearse si tal percepción concuerda con la realidad”, reflexiona la Agencia Tributaria, que no obstante, en otra parte de su trabajo señala que “el coste recaudatorio de la economía sumergida y de los bienes y derechos ocultos sigue siendo elevado en España”.

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