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La Fiscalía rechaza que se aplique la doctrina Botín en el caso de Bankia y respalda a las acusaciones populares

La Fiscalía rechaza la 'doctrina Botín' en el caso Bankia y respalda la legitimidad de las acusacion

Economía / Agencias

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La Fiscalía Anticorrupción ha rechazado hoy aplicar en el juicio por la salida a Bolsa de Bankia la denominada “doctrina Botín”, que supondría eliminar del proceso a las acusaciones populares, al considerar que el presunto perjuicio derivado de dicha operación no se limitó únicamente al Fondo de Reestructuración Bancaria (FROB).

La llamada 'doctrina Botín' fue adoptada por el Tribunal Supremo en 2007 para cerrar el caso de las cesiones de crédito en el que estaba implicado el presidente del Banco Santander, Emilio Botín, y establecía que las acusaciones populares no podían pedir la apertura de juicio oral cuando la Fiscalía y los perjudicados hubieran solicitado el sobreseimiento de la causa.

Ante la sección cuarta de la sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, la fiscala Carmen Launa ha defendido la “relevancia e interés colectivo” de la presunta falsedad de las cuentas “de la cuarta entidad financiera del país”, que puso en riesgo el sistema financiero en su conjunto y que exigió 23.000 millones de euros de rescate.

Ha sostenido que los delitos que las acusaciones populares y particulares atribuyen tanto al expresidente de Bankia, Rodrigo Rato como a otras 33 personas, físicas y jurídicas, incluidas la propia entidad y su matriz, “afectan a la comunidad” por lo que ha avalado su legimitidad en la causa.

En opinión del Ministerio Público, que únicamente acusa a Rato y a los otros tres antiguos administradores del banco -José Luis Olivas, José Manuel Fernández Norniella y Francisco Verdú- de estafa a los inversores, el FROB no fue el único perjudicado, ya que las cuentas ahora cuestionadas fueron “objeto de publicidad evidente” y trascendieron al público al ser publicadas en los medios de comunicación.

Una “imagen de solvencia” por la que las acusaciones piden penas de hasta doce años de cárcel para los exdirectivos y el socio auditor y multas millonarias para Bankia, su matriz, BFA y la firma Deloitte, y que según Launa, fue reforzada por el dividendo de 152 millones de euros que ofreció Rato respecto a esas cuentas.

Por ello, ha insistido en que el titular del supuesto perjuicio serían “las cajas y sus partícipes”; además, se ha opuesto a que los acusados puedan ausentarse de las sesiones programadas en aras a garantizar sus derechos, y aunque ha aceptado toda la documentación aportada por las partes, ha pedido que la sala cierre el plazo para entregar nuevos informes.

Sobre la operación, la fiscal ha aseverado que la rebaja en el precio de salida de las acciones de Bankia repercutió de forma negativa en BFA, haciendo irrecuperable el valor de los activos y afectando por consiguiente a la situación de la propia entidad, motivo por el que los inversores que acudieron al parqué en julio de 2011 estarían habilitados para acusar a ambas por vía penal.

Respecto a la solicitud de Bankia de desbloquear dos millones de euros de su fianza para resarcir al centenar de pequeños inversores que aún no han recuperado su dinero, se ha mostrado a favor, si bien ha afeado la postura de la entidad con la acusación particular de Adicae, cuya presencia en el juicio ha defendido.

Launa también ha refutado la supuesta “inconcreción” alegada por algunas defensas, que durante las cuestiones previas reprocharon no haber sido informados de los hechos que se les atribuía, y ha sostenido que a esas alturas del proceso, iniciado en 2012, no se puede decir “que la instrucción no haya sido exhaustiva y rigurosa”.

Asimismo, ha descartado que se haya vulnerado el principio de igualdad de los exconsejeros Estanislao Rodríguez-Ponga, Francisco Baquero y Jesús Pedroche, que señalaron a la sala que sus respectivas entradas en la entidad se produjeron el mismo día que la de Virgilio Zapatero, exonerado en este caso.

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