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La regla de gasto y el desmadre fiscal de las comunidades autónomas

Las consejeras de Economía y Hacienda de Catalunya, Alícia Romero (izquierda) y de Andalucía, Carolina España, en el último CPFF

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En el proceso de elaboración de los Presupuestos Generales del Estado para 2027, el Gobierno ha hecho público el cuadro macroeconómico para establecer tanto el “techo de gasto” como “la regla de gasto” para las Comunidades Autónomas (CCAA). El techo de gasto es el límite máximo de recursos no financieros que el Estado puede presupuestar cada año, marcando la pauta para el resto de las administraciones públicas, mientras que la regla de gasto es el límite impuesto al crecimiento del gasto público primario autonómico, de forma que no supere la tasa de referencia del crecimiento del Producto Interior Bruto (PIB) a medio plazo, a no ser que vaya acompañado de subidas impositivas excepcionales.

El Gobierno ha anunciado un techo de gasto récord, de 226.032 millones de euros, la cifra más alta jamás aprobada y que supone un incremento del 6,6% con respecto al fijado para el ejercicio de 2026, que ya había subido un 8,5% en relación a 2025, aunque esa cifra incluía los fondos europeos Next Generation, que en 2027 ya no van a estar disponibles. Por otro lado, para las Comunidades Autónomas el Gobierno aprueba una regla de gasto del 4% y un objetivo de déficit del 0,1%, permitiendo un mayor margen fiscal a las regiones dentro de los compromisos de estabilidad europeos.

Pero, vayamos al principio. ¿De dónde viene esta regla de gasto? Su introducción se produjo con la aprobación de la Ley de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF), que entró en vigor el 1 de mayo de 2012. La regla de gasto quedó recogida en el artículo 12 de dicha Ley, como un instrumento para garantizar la sostenibilidad de las finanzas públicas y evitar un crecimiento excesivo del gasto público, incluso cuando los ingresos aumentaran de forma temporal. Sus principales razones fueron cinco:

  • Cumplir con la reforma del artículo 135 de la Constitución (2011), que obligó a todas las administraciones públicas a respetar los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
  • Adaptar la legislación española a las reglas fiscales de la Unión Europea, especialmente tras la crisis financiera de 2008 y la crisis de la deuda soberana, reforzando el compromiso de España con la disciplina fiscal.
  • Evitar que el gasto crezca al mismo ritmo que los ingresos extraordinarios derivados de fases de expansión económica. La idea era que, si la recaudación aumentaba por motivos coyunturales (por ejemplo, un boom económico o una burbuja inmobiliaria), las administraciones no incrementaran permanentemente el gasto, ya que esos ingresos podían desaparecer en una recesión.
  • Dar un carácter anticíclico a la política fiscal, limitando el crecimiento del gasto al crecimiento potencial de la economía, en lugar de vincularlo a los ingresos coyunturales. Así, en épocas de bonanza se favorece la reducción de deuda o la generación de margen fiscal para afrontar futuras crisis.
  • Reforzar la confianza de los mercados e instituciones internacionales, reduciendo el riesgo de déficits persistentes y de un aumento insostenible de la deuda pública.

En términos prácticos, la regla de gasto establece que el gasto computable de las administraciones públicas no puede crecer por encima de la tasa de crecimiento potencial del PIB nominal, salvo determinadas excepciones, como pueden ser cambios permanentes en los ingresos tributarios. En este sentido, suponer un crecimiento del 4% para 2027 puede sonar razonable, puesto que se justificaría con un crecimiento del PIB real tendencial del 2%, que es el promedio desde que estamos en el euro, y una inflación del 2%, que es el objetivo del Banco Central Europeo (BCE). Pero, ¿cómo se ha comportado la regla de gasto en los últimos años? En la tabla a continuación presento los 3 últimos años disponibles: 2023, 2024 y 2025, así como su desglose por cada comunidad autónoma.



Conviene recordar que hasta 2023 los objetivos de estabilidad estuvieron suspendidos, primero por la pandemia y, después, por la Guerra de Ucrania. Pero, desde 2024, dichos objetivos volvieron a estar plenamente vigentes. La tabla es especialmente llamativa por varios motivos. El primero es que, para el conjunto de las CCAA no se han respetado las reglas de gasto aprobadas para 2024 y 2025, con crecimientos del 2,6% y 3,2%, respectivamente, lo que supondría un acumulado del 5,9% para esos dos años. El crecimiento observado ha sido del 13% más del doble de lo aprobado. Ello implica que ha habido un exceso de gasto de 13.636 millones de euros en esos dos años considerados, un desajuste considerable que, con la propuesta del 4% para 2027, lejos de corregirse se consolida.

Lo segundo, que todas las CCAA han contribuido a este exceso de gasto. Las que menos, Andalucía, Aragón y País Vasco, se han situado por encima del 9%. Y las que más, Baleares, Cantabria, Canarias y La Rioja han superado crecimientos del 17%. Lo tercero, que este desajuste acumulado se mantiene en 2026, pues el gasto autonómico sigue creciendo a tasas muy elevadas. A cierre de abril de este año, el gasto autonómico está creciendo un 8,3% en 2026. Y la propuesta de 2027, lejos de corregir el exceso, lo consolida.

¿Qué puede hacer el Gobierno central para corregir esta situación? Para empezar, puede introducir en la nueva propuesta para el acuerdo de financiación autonómica que no se permita que las CCAA aumenten el gasto utilizando el incremento de recursos que va a suponer el cambio de modelo. En este sentido, no me parece adecuado que se modifique la Ley de Estabilidad Presupuestaria para permitir que el incremento permanente de recursos derivado de la nueva financiación no compute a efectos de la regla de gasto.

Desde un punto de vista económico, esos mayores ingresos deberían contribuir a la reducción del déficit estructural de las comunidades autónomas y no destinarse a incrementar el gasto. Entiendo los condicionamientos políticos de la situación actual. Pero una modificación de este tipo podría suscitar dudas, tanto por parte de la Comisión Europea como de las agencias de calificación crediticia, al debilitar la percepción de la disciplina fiscal asociada al nuevo sistema, pues consolidan el actual desmadre fiscal de las CCAA.

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