Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

Renta 2025: Estos son los seguros de vivienda, el coche o de salud que puedes incluir en la declaración

Varias personas en una oficina de la Agencia Tributaria.

Edu Molina

0

La campaña de la Renta 2026, correspondiente al ejercicio fiscal de 2025, ya está en marcha desde el pasado 8 de abril y se prolongará hasta el 30 de junio. Como ocurre cada año, este proceso vuelve a generar dudas entre los contribuyentes, especialmente en torno a qué gastos pueden incluirse en la declaración para intentar mejorar el resultado final. Más allá de los conceptos habituales, existen determinados desembolsos cotidianos que pueden tener encaje en el IRPF, aunque solo en situaciones muy concretas.

El momento de presentar la declaración suele venir acompañado de una revisión detallada de gastos con la intención de reducir la factura fiscal. En ese contexto, conceptos como el seguro del hogar, del coche o de salud aparecen con frecuencia entre las preguntas más habituales. Sin embargo, la normativa no permite su aplicación de forma generalizada y establece límites claros sobre quién puede incluirlos y en qué condiciones, lo que deja fuera a buena parte de los contribuyentes.

Además, cada campaña incorpora matices que obligan a prestar atención a los requisitos vigentes en cada ejercicio. La relación entre estos seguros y la actividad económica o determinadas situaciones personales, es lo que marca la diferencia a la hora de poder incluirlos en la declaración. Por eso, entender en qué casos se pueden aplicar y bajo qué condiciones resulta clave para evitar errores y ajustar correctamente la información presentada ante Hacienda.

Seguros de vivienda

El seguro del hogar solo tiene impacto en la declaración en situaciones muy concretas. Uno de los principales casos es el de la deducción por inversión en vivienda habitual, que se mantiene en vigor de forma transitoria para contribuyentes que adquirieron su vivienda antes del 1 de enero de 2013. En estos supuestos, parte del seguro puede integrarse dentro del límite conjunto de la deducción, que alcanza un máximo anual de 1.356 euros.

Para que esta posibilidad se aplique, deben cumplirse varias condiciones al mismo tiempo: que la vivienda sea la residencia habitual, que la hipoteca esté vinculada a una compra anterior a 2013 y que el seguro esté asociado al préstamo hipotecario desde el momento de la firma o ligado a operaciones de construcción o adecuación del inmueble, siempre dentro de los plazos establecidos por la normativa.

Fuera de este régimen, el seguro del hogar no tiene impacto para la mayoría de contribuyentes. Sin embargo, sí puede tenerlo en otros escenarios. En el caso de autónomos que trabajan desde su vivienda, es posible deducir una parte del seguro, pero únicamente en proporción a la superficie del inmueble utilizada para la actividad profesional.

También se contempla su inclusión cuando la vivienda está destinada al alquiler. En ese caso, el seguro se considera un gasto relacionado con la obtención de ingresos por arrendamiento, por lo que puede incorporarse como parte de los costes deducibles asociados al inmueble.

Seguros del coche

El seguro del vehículo está condicionado de forma estricta a su uso profesional. En términos generales, no es deducible para trabajadores asalariados, ya que se considera un gasto de carácter personal. La excepción se encuentra en los autónomos que utilizan el coche como parte directa de su actividad económica.

En estos casos, el vehículo debe estar afecto a la actividad, es decir, debe utilizarse de forma necesaria para el desarrollo del trabajo. Cuando se cumple esta condición, el seguro puede deducirse al 100%, siempre que el coche esté registrado como elemento vinculado a la actividad profesional.

Esta afectación no solo permite incluir el seguro, sino también otros gastos asociados como reparaciones, mantenimiento, peajes o ITV, siempre dentro del mismo criterio de uso profesional. Además, esta deducción se admite en actividades en las que el vehículo es imprescindible, como el transporte de mercancías, el traslado de clientes o el trabajo de agentes comerciales, entre otros supuestos.

Si el coche no está claramente vinculado a la actividad económica o tiene un uso mixto sin justificación suficiente, el seguro no puede incluirse en la declaración y se mantiene como un gasto personal sin deducción.

Seguros de salud

El seguro de salud tiene un tratamiento diferenciado respecto al resto de pólizas. En términos generales, no es deducible para trabajadores por cuenta ajena, salvo cuando forma parte de sistemas de retribución flexible gestionados a través de la empresa. En estos casos, la contratación debe realizarse mediante la compañía y no de forma individual por el trabajador.

Para los autónomos, en cambio, sí existe la posibilidad de incluir el seguro médico como gasto deducible, siempre que esté vinculado a su actividad y correctamente justificado mediante facturas. Esta deducción tiene además límites concretos: hasta 500 euros por persona asegurada, incluyendo al propio autónomo, su cónyuge e hijos menores de 25 años que convivan en el domicilio familiar.

En situaciones de discapacidad, este límite puede ampliarse hasta los 1.500 euros. En todos los casos, el requisito principal es que el seguro esté correctamente integrado en la actividad económica o en el sistema de retribución correspondiente, ya que no se admite como gasto personal general.

Etiquetas
stats