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Al juez García Castellón no le gusta la amnistía

El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón, en una imagen de archivo.

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Sabemos qué opina el juez Manuel García Castellón sobre la amnistía porque él mismo así lo ha querido desvelar. Fue hace apenas un mes, en una conferencia organizada por un periódico de Ourense. Allí le presentó su amigo Julio Ariza: exdiputado autonómico del PP, impulsor de Vox, fundador de Intereconomía y recientemente condenado por un juzgado como culpable del concurso de acreedores de esta cadena de televisión.

Tras la conferencia, un asistente preguntó a García Castellón por su opinión sobre la amnistía. Y el juez respondió así:

“De forma directa no puedo contestar porque llevo asuntos relacionados y no puedo, por lo tanto, por un mínimo de prudencia. Como ciudadano podía decir dos cosas. Uno, que en la Constitución tampoco está prohibida la esclavitud y sin embargo no es posible. Y dos, estos señores han dicho que en cuanto puedan van a volver a repetirlo. Por lo tanto, ¿será está amnistía la primera de muchas otras?”

No puede contestar como juez, pero contesta “como ciudadano”. Así entiende la “mínima prudencia” Manuel García Castellón.

En esta misma conferencia, este juez –de cuya trayectoria previa publiqué hace unas semanas un largo artículo– ofreció otra frase para recordar:

“Todos los jueces tenemos ideologías, pero eso no es un problema; el problema llega cuando se traspasa a la actividad pública”

Este lunes, Manuel García Castellón ha firmado un relevante auto en uno de esos “asuntos relacionados” con la amnistía, que le deberían haber obligado a ser más prudente, como él mismo aseguró. Uno de esos escritos donde la ideología del ciudadano Manuel se traspasa al juez García Castellón. 

En un salto jurídico digno del mejor malabarista, el lunes decidió imputar por terrorismo a Carles Puigdemont, en mitad de las negociaciones sobre la amnistía. 

Hay tres problemas. No son menores.

El primero, que no hay terrorismo. 

El segundo, que García Castellón no es el juez natural para investigar estos delitos.

El tercero, que aunque hubiera terrorismo, la Audiencia Nacional no puede juzgar al eurodiputado Puigdemont, que está aforado.

Repasemos los antecedentes, importantes para explicar este culebrón. 

Desde el año 2019, Manuel García Castellón es el instructor de la investigación penal del caso Tsunami Democràtic: las protestas independentistas contra la sentencia del procés catalán que, entre otras actuaciones, colapsaron el aeropuerto de El Prat o cortaron la autopista AP-7 en la frontera entre España y Francia. 

El caso llegó a la Audiencia Nacional porque, en aquel momento, los investigados estaban acusados de terrorismo y de sedición. Y aunque históricamente este segundo delito no se investigaba en este tribunal, en 2017 –tras el 1 de octubre catalán– la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional decidió que sí, que eso era también competencia suya.

Durante tres años, García Castellón mantuvo la causa bajo secreto de sumario. Lo hizo así hasta que la Sala le llamó al orden por considerar que esta decisión no estaba motivada y por tanto podía vulnerar el derecho de defensa de los acusados, que no conocían siquiera las pruebas o las acusaciones contra ellos. 

En 2022, el Parlamento eliminó el delito de sedición, que ya no existe en el Código Penal español. Y desde entonces solo los presuntos delitos de terrorismo justifican que este caso esté en la Audiencia Nacional y no en un juzgado de instrucción de Barcelona, que es donde se debería investigar.

Pero, ¿hubo terrorismo en las actuaciones de Tsunami? ¿Se puede calificar como terrorismo manifestarse sin autorización en un aeropuerto y provocar su colapso por unas horas, como ocurrió en 2019 en El Prat? ¿Es terrorismo cortar una carretera? ¿También cuando lo hace Esperanza Aguirre, como ha pasado este mismo fin de semana en Madrid?

Para que exista terrorismo, según el Código Penal, hacen falta delitos graves contra la vida o la integridad física, la libertad, la salud pública, el patrimonio… cuyo fin último sea subvertir el orden constitucional. También se considera terrorismo aquellos delitos con este objetivo que puedan provocar riesgos catastróficos. Pero más allá de definiciones penales, es difícil encajar manifestaciones pacíficas o cortes de aeropuertos o carreteras en esta definición.

Para García Castellón, lo de Tsunami fue terrorismo. Y lo argumenta sujetando las supuestas pruebas con alfileres. Para empezar, considera que sí había “riesgo catastrófico” porque si se hubiera impedido el cambio de turno en la torre de control del aeropuerto, los aviones se habrían podido accidentar.

En palabras textuales de García Castellón: “Si Tsunami Democràtic hubiera logrado su objetivo de impedir el cambio de turno de los controladores aéreos de la instalación esto no solo habría provocado daños económicos, sino que podría haber tenido un resultado catastrófico de consecuencias imprevisibles para las personas que en ese momento se encontraban en vuelo a bordo de las aeronaves en el área objeto de control, con el evidente riesgo y peligro para sus vidas”.

Decir esto es tanto como argumentar que los controladores que estaban en la torre, si no hubiera llegado en hora su reemplazo por el colapso en los accesos al aeropuerto, habrían abandonado a su suerte a los aviones en vuelo y a sus pasajeros. Es evidente que tal cosa no habría pasado en ningún caso, pero el papel en el que escribe sus autos el juez García Castellón lo aguanta casi todo.

Pero el argumento más surrealista es otro. Uno donde aparece una supuesta víctima del terrorismo de los independentistas de la que la Justicia se habría desentendido hasta hoy.

Por el bloqueo de El Prat por parte de los independentistas, un pasajero francés de 65 años se fue andando al aeropuerto: una caminata de cuatro kilómetros. Tras llegar hasta la terminal, sufrió un paro cardíaco que poco después provocó su muerte.

El caso de este fallecido por infarto se conoce desde hace cuatro años. Y hasta ahora el juez García Castellón no le había prestado a esta teórica víctima ningún interés. Es difícil convertir una muerte por infarto en una prueba de terrorismo. Entre otras cosas, porque en su momento el Servicio de Emergencias Médicas desvinculó este fallecimiento de las protestas. Frente a lo que se publicó en las primeras horas, el turista sí pudo ser atendido con rapidez por los médicos, a pesar del colapso del aeropuerto. Fue trasladado en helicóptero hasta el hospital y murió allí. 

Cuatro años después, García Castellón abre este nuevo fleco, que obviamente es un intento de justificar el terrorismo que la Fiscalía no ve. E indirectamente, también complica la negociación de la amnistía entre PSOE y Junts, porque el plan inicial de ambos partidos era dejar fuera cualquier delito de terrorismo con víctimas –entre otros motivos, porque lo prohíben los tratados internacionales, que consideran que este tipo de delitos no se pueden amnistiar–. 

La forma en que da este paso García Castellón es tan peculiar como la propia argumentación.

El viernes pasado, el juez dio traslado a la Fiscalía del último informe de la Guardia Civil sobre Tsunami Democràtic, y pidió al fiscal que calificara los delitos. 

Y ahora, sin esperar a que la Fiscalía responda, García Castellón se lanza no solo a mantener la acusación por terrorismo sino a ampliar la acusación al propio Carles Puigdemont.

No es la primera vez que se utiliza el truco del terrorismo para mantener o llevar una causa a la Audiencia Nacional. Es lo mismo que pasó con el caso Altsasu, una pelea de bar que fue investigada por la Audiencia Nacional con la excusa de que se trataba de terrorismo. Luego no era terrorismo –no lo fue nunca–, pero en el camino los acusados fueron juzgados en Madrid, y no en Navarra. Y allí se les condenó con una dureza excepcional.

Pero los curiosos movimientos de García Castellón por mantener en sus manos esta investigación contra los independentistas no terminan aquí. 

Hasta hace muy poco, solo la Fiscalía figuraba como acusación en esta causa de la Audiencia Nacional. Hace apenas un mes, cuando ya llevamos cuatro años de instrucción, García Castellón aceptó que se personaran dos acusaciones más: Dignidad y Justicia –una pequeña asociación de víctimas del terrorismo presidida por un diputado autonómico del PP de Madrid– y también Vox. 

Normalmente las acusaciones populares tienen que depositar una fianza en el juzgado para poder personarse. Rara vez es una cifra pequeña. Hay casos de hasta 45.000 euros, como la fianza que puso Pablo Ruz a Manos Limpias por personarse en el caso Neymar. Pero la fianza que ha puesto García Castellón a Vox para que pueda acusar en este caso es ridícula: solo 200 euros.

El hecho de que Vox esté ahora en la causa como acusación popular ayuda también a que García Castellón pueda mantener en su juzgado esta atribulada investigación. Porque la Fiscalía ya ha hecho público que no acusará por terrorismo –básicamente porque el fiscal que lleva el caso solo ve desórdenes públicos agravados–. Pero estas acusaciones populares, que en este juzgado son tan baratas, van a permitir a García Castellón alargar un poco más este culebrón. 

Otro dato, uno no menor. Manuel García Castellón es también el juez que debería investigar la Operación Catalunya: lo que hicieron Villarejo y otros policías para perseguir a los independentistas catalanes de forma ilegal. Por lo que sea, este asunto le interesa bastante menos que el “terrorismo” de las protestas pacíficas.

Todos los jueces tienen ideología, como bien dice este magistrado. El problema es que a algunos se les nota demasiado.

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