La guerra interna en Adicae Extremadura-Madrid acaba con un dirigente nacional condenado por coacciones
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 3 de Cáceres ha condenado a Antonio Julio Pulido Cubero, vicesecretario de ADICAE, por un delito leve de coacciones a una empleada de la oficina de la entidad en Cáceres, a la que anunció su despido en “un clima de tensión” en el que “gritaba” que “había decidido aplicar el 155”.
Pulido ha sido condenado a la pena de dos meses de multa a razón de 10 euros diarios, en total 600 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago y a que abone un cuarto de las costas causadas, según la sentencia a la que ha tenido acceso Efe.
El fallo absuelve a otros trabajadores, que le acompañaban en el momento de los hechos, del delito leve de coacciones del que venían siendo acusados, declarando los tres cuartos restantes de las costas causadas de oficio.
La denunciante retiró su denuncia y no formuló acusación contra dos de ellos, aceptando el perdón solicitado por los mismos, mientras que para otro de ellos no resulta probado que participase en los hechos ni que tuvieran intención de conminar a su compañera para que abandonase su puesto de trabajo.
En la sentencia se señalan como hechos probados que el 28 de noviembre de 2017 el ahora condenado “irrumpió de forma inopinada y abrupta” en la oficina, situada en la Avenida Virgen de Guadalupe de Cáceres, en la que desempeñaba su puesto de trabajo esta empleada.
Lo hizo acompañado de otras cuatro personas, trabajadores de ADICAE, “urdiendo un plan para conseguir que le abriese la puerta”.
Uno de sus acompañantes se hizo pasar por un consumidor que iba a solicitar información sobre las cláusulas suelo y una vez que la empleada abrió la puerta, Pulido se introdujo “de forma sorpresiva y violenta en la oficina, llegando a empujar la puerta, teniendo que apartarse para evitar que le golpease”.
Todo ello con intención de conminarla para que abandonase las instalaciones y notificarle la decisión de despido que provenía de ADICAE, creando “un clima de tensión y hostilidad”, en el que Pulido “gritaba que había decidido aplicar el 155”, en estado de “alteración y gran agitación”, lo que provocó que ésta se sintiera “intimidada”.
El relato de la denunciante fue corroborado en todos sus extremos por una limpiadora testigo de los hechos.
Golpes y gritos por el teléfono
Otro testigo, trabajador de ADICAE Extremadura, explicó en el juicio que el día en que se produjeron los hechos le llamó por teléfono un compañero de trabajo y le dijo que había estado hablando con la denunciante por teléfono y que cuando ésta se dispuso a abrir la puerta, dado que habían llamado al timbre, “comenzó a escuchar golpes y gritos, cortándose la comunicación”.
Este testigo sospechó entonces que su compañera pudiera ser “víctima de hechos parecidos a los ocurridos en otra oficina de Badajoz”, en la que trabajadores de ADICAE nacional “habían intentado acceder por la fuerza en las mismas”, por lo que decidió personarse inmediatamente en la oficina.
Cuando llegó se encontró a “Antonio Pulido gritando, sosteniendo un papel y diciendo que iba a aplicar el 155”, en un tono elevado, encontrándose la denunciante “llorando y nerviosa”.
Este mismo testigo manifestó que les habían dado órdenes de evitar contactos con los miembros de la junta directiva nacional de ADICAE para evitar entrar en conflicto.
En este sentido, en la sentencia de 28 de febrero de 2018 del Juzgado de lo Social número 1 de Cáceres se consignan como hechos probados que en la Asamblea de ADICAE Extremadura celebrada el 4 de noviembre de 2017 se acordó dejar sin efecto el acuerdo de integración entre aquélla y ADICAE España, lo que “abocó en un conflicto entre ambas”.
En la citada Asamblea se dispuso que los trabajadores afectados “quedarían sujetos a la dirección y control de la junta directiva de ADICAE Extremadura”, recibiendo la denunciante orden de servicio de la entidad regional de que “solo atendiera” a ésta última.
El 28 de noviembre de 2017 fue cuando Antonio Pulido se personó en la oficina para notificarle que había sido despedida -decisión que acordó ADICAE nacional cuatro días antes- “sin hallarse legítimamente autorizado para realizar dichas actuaciones y coartando su libertad mediante empleo de vías intimidatorias”.
La sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Cáceres.