Ecologistas Extremadura pide prohibir el uso de rehalas en Monfragüe
Ecologistas Extremadura ha reiterado su petición a la Junta para que no permita la suelta de rehalas de perros de caza en el interior del Parque Nacional de Monfragüe, a la vez que ha denunciado que el Ejecutivo regional no responde a los requerimientos del Defensor del Pueblo en este sentido.
En un comunicado, la organización ecologista ha recordado que el 23 de agosto de 2018 presentó queja ante el Defensor del Pueblo por el Plan de Acción Selectiva 2018 en Monfragüe, “que implicaba la realización de monterías con la suelta de rehalas dentro del Parque Nacional”.
Ecologistas Extremadura ha planteado la “posible ilegalidad” de estas cacerías y, especialmente, la sueltas de rehalas ya que ha asegurado que estos animales “pueden atacar, y de hecho lo hacen, a especies protegidas”, algo que consideran “inaceptable” en un espacio natural protegido y más aún en un Parque Nacional.
En este sentido, ha criticado que la Junta de Extremadura, “tras reiterados requerimientos del Defensor del Pueblo no ha respondido y, por tanto, no han aclarado cómo garantizan que los perros de las rehalas no atacan a especies protegidas”.
A su juicio, el Gobierno regional no ha contestado “porque saben que no es posible”, por lo que, ha insistido, “debe inmediatamente dejar de autorizar acciones de control o cacerías dentro de los espacios naturales protegidos a su cargo, aplicando el principio de precaución”.
De igual forma, ha propuesto que se indique a las autorizaciones ya concedidas “la condición de no poder usar perros, que pueden ser sustituidos por batidores humanos, generando además más puestos de trabajo”, ha agregado.
La organización ha reiterado que estas sueltas de perros podrían poner en peligro a varias especies protegidas, entre ellas el lince ibérico.
Por todo ello, espera que el Defensor del Pueblo “pueda ayudar a poner fin a estas sueltas de perros y disparos dentro del Parque Nacional que podrían ser contrarios a algunos preceptos de la Constitución española amparados por su artículo 45”.
0