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Iberdrola tendrá que devolver 500 hectáreas de la planta fotovoltaica más grande de Europa a su dueño

Proyecto fotovoltaico Núñez de Balboa, en Extremadura

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La Justicia obliga a la empresa Iberdrola a desmantelar más del 60% de la planta fotovoltaica Núñez de Balboa, en la provincia de Badajoz, la más grande de Europa, y a devolver 525 hectáreas de esta parque solar a su dueño, por considerar que estas fueran expropiadas de manera ilegal.

Según el fallo judicial, facilitado a Efe por el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx), esta sentencia responde al recurso contencioso administrativo presentado por Natura Manager S.L, propietaria de los terrenos, contra la Administración General del Estado, concretamente contra el Jurado Provincial de Expropiación Forzosa, y como parte codemandada el Proyecto fotovoltaico Núñez de Balboa S.L, promovido por Iberdrola, que ya ha anunciado que recurrirá ante el Tribunal Supremo.

El recurso cuestiona la Declaración de Utilidad Pública (DUP) otorgada a este proyecto en octubre de 2018 por la Dirección General de Política Energética y Minas. La propietaria de las fincas recurrió el acuerdo del citado Jurado Provincial que fija el justiprecio de los bienes y derechos de fincas rústicas propiedad de Natura Manager en el término municipal de Usagre (Badajoz) para la iniciativa “Construcción de la Instalación Fotovoltaica denominada 'Núñez de Balboa' y sus infraestructuras de evacuación”. El justiprecio, posteriormente confirmado en reposición, quedó fijado definitivamente en 3.338.314,92 euros, según se recuerda en la sentencia, que falla a favor de “la restitución de la propiedad y posesión de las fincas expropiadas, ”sin lugar a indemnización por los daños y perjuicios causados y sin costas“.

El TSJEX expone la doctrina jurisprudencial que existe para que la parte demandante “pueda esperar hasta la resolución del Jurado para poner de manifiesto cualquier vicio que afecte, no ya a la fase de justiprecio, sino al total del expediente expropiatorio”, en contra de lo planteado por la Abogacía del Estado. Este expediente expropiatorio, según aclara, “incluye las fases previas de declaración de utilidad pública, necesidad de ocupación y práctica de la ocupación misma”.

Utilidad pública sin justificar

Por lo tanto, tras dejar sentado que cabe impugnar los autos de la Declaración de Utilidad Pública otorgada al proyecto de la planta fotovoltaica, el alto tribunal extremeño defiende que “no existía causa alguna para solicitar la DUP” y “carece de fundamento alguno pedir la expropiación de unas fincas que meses antes nos hemos asegurado su disponibilidad mediante un contrato de arrendamiento por un periodo de 25 años”. Es decir, “la solicitud de expropiación carecía de causa o justificación para privar del derecho de propiedad”.

A juicio del TSJEx, como defendía la parte recurrente, “no existía causa alguna para solicitar la DUP” y al hacerlo “se ha producido un auténtico fraude de ley y un abuso de derecho, pues se persigue un resultado no permitido por el ordenamiento jurídico: conseguir los efectos de la Declaración de Utilidad Pública de un proyecto en relación a fincas sobre las cuales se tienen facultades de uso sin necesidad de recurrir a la ocupación a través de la expropiación forzosa”.

El Tribunal tiene en cuenta los distintos burofax emitidos por la promotora de la planta al Ayuntamiento de Usagre para lograr las autorizaciones pertinentes, en los que da cuenta, entre otros detalles, del arrendamiento de las fincas, lo que constata “con palmaria claridad” que la promotora disponía de título hábil para construir la planta en las fincas propiedad de Natura Manager sin necesidad de expropiarlas y pone de relieve que la DUP era “completamente innecesaria”.

Por ello, la Justicia reconoce el derecho a la devolución “in natura”, “es decir al reintegro de las fincas libres de la planta fotovoltaica” y precisa que “nada permite afirmar que estemos en un supuesto de imposibilidad de restitución del bien expropiado”.

Procedimientos legales

Fuentes de Iberdrola han explicado que la mercantil elevará un recurso al Tribunal Supremo y que el contencioso parte de uno de los tres propietarios de los terrenos en los que se encuentra la instalación. De hecho, el 50 % de este suelo es propiedad de dos arrendatarios que no han planteado reclamación alguna y que mantienen y responden al contrato suscrito en su momento.

En este sentido, han asegurado que el procedimiento expropiatorio fue llevado a cabo por la administración competente, “siguiendo los procedimientos legalmente establecidos y respetándose todos los derechos y garantías existentes”. “La planta fue construida al amparo de un título válido y legítimo, por lo que Iberdrola considera que no habrá desmantelamiento”, han asegurado estas fuentes, que remarcan que la instalación dispone de todos los permisos para producir energía y seguirá funcionando con normalidad.

300 millones de inversión

La planta fotovoltaica Núñez de Balboa fue puesta en funcionamiento el 6 de abril de 2020 con una potencia instalada de 500 megavatios MW y una inversión cercana a los 300 millones de euros. Estas instalaciones, situadas entre los municipios pacenses de de Usagre, Hinojosa del Valle y Bienvenida, cuentan con 1.430.000 paneles solares, 115 inversores solares y dos subestaciones con la colaboración de Ecoenergías del Guadiana.

La planta genera energía limpia para abastecer las necesidades de 250.000 personas al año (población equivalente a Cáceres y Badajoz) y para desarrollarla Iberdrola contó con financiación verde del Banco Europeo de Inversiones (BEI) y el Instituto de Crédito Oficial (ICO). 

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