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Plasencia tendrá que pagar el total de las huertas, 36 millones de euros

Fernando Pizarro, alcalde de Plasencia

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El Ayuntamiento de Plasencia tendrá que pagar a los propietarios de los terrenos expropiados en las huertas de la Isla el total del justiprecio fijado por el Tribunal Supremo -24,1 millones- más otros 12 millones de euros de intereses devengados.

Así lo ha dispuesto la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEX) en un auto que ha hecho público hoy.

Según dicho auto, el Consistorio placentino deberá abonar el principal que queda por pagar “a la mayor brevedad posible”.

Además, la totalidad de los intereses de demora generados hasta la fecha de esta resolución se pagará mediante cuotas mensuales, a partir de enero de 2018 inclusive y durante un periodo de diez años.

El TSJEX ha argumentado que la actitud de los propietarios no puede entenderse contrario al principio de lealtad y buena fe negociadora, “pues la alteración que se ha producido en su posicionamiento, al exigir ya sin ningún condicionamiento el abono total de los intereses de demora generados, tiene su razón de ser en un cambio trascendente en las circunstancias”.

Dicho cambio se refiere a la posibilidad de cumplimiento íntegro de las sentencias por la vía de la adhesión al compartimento del Fondo de Ordenación y Fondo de Impulso Económico 2015 y 2016 al encontrarse las arcas municipales en riesgo financiero.

No tienen por qué renunciar

“Las razones por las que el Ayuntamiento de Plasencia sólo se ha adherido al fondo respecto de la cantidad adeudada en concepto de justiprecio imaginamos que se basaban en la esperanza de que, cobrado el principal, los propietarios mostrarían su conformidad, en el seno del proceso negociador, a la renuncia, bien total o parcial, a los intereses, pero no ha sido el caso”, destaca la sala.

No obstante, el TSJEX ha indicado que las defensas de los propietarios se han pronunciado en la última comparecencia “por no rechazar absolutamente la posibilidad de cobrar en suelo el importe por intereses de demora”.

A su juicio, estas circunstancia debe ser tomada en consideración a la hora de fijar el plan de pagos en metálico de la cantidad debida por este concepto.

“Y para ello entendemos que una fórmula que puede ser apropiada es establecer un periodo de carencia que permita acometer con sosiego la negociación imprescindible, posibilidad que también ha sido puesta de manifiesto en la última comparecencia”, señala el auto.

En este sentido, el TSJEX ha considerado que dos años “es tiempo suficiente”, tanto para negociar la entrega de solares concretos como para que el ayuntamiento pueda llevar a cabo las actuaciones precisas para obtener efectivo de su venta, si fuere el caso.

A partir del periodo de carencia, el TSJEX ha estimado que el importe debe ser satisfecho en 10 años, mediante abonos mensuales.

“Hemos tenido en cuenta para fijar el plazo de 10 años las exigencias derivadas del Plan de Ajuste, pues si fijáramos un plazo menor seguramente no conseguiríamos evitar lo que se pretende con este incidente, esto es, un grave trastorno para la Hacienda local”, afirma el auto.

El TSJEX ha reconocido, por último, el “enorme esfuerzo que la corporación local y toda la ciudadanía van a tener que realizar para cumplir con las obligaciones derivadas de la decisiones tomadas en su día”

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