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2,5 millones para la mejora de las infraestructuras eléctricas en municipios de menos de 20.000 habitantes

Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura / Junta

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El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura ha aprobado un Decreto por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para mejorar las infraestructuras eléctrica en los municipios de menos de 20.000 habitantes, con una inversión de 2,5 millones de euros.

Se dirigen a la ejecución de obras para nuevas instalaciones eléctricas en alta y baja tensión o a la reforma, modificación o adecuación de las existentes, en especial las que se justifiquen por motivos de seguridad o adecuación reglamentaria, informa Efe.

Explica el Ejecutivo extremeño que esta línea de ayudas se ha caracterizado por su gran aceptación en ediciones anteriores en las que, convocatoria tras convocatoria, el número de solicitudes registradas ha ido superando ampliamente al de las que el presupuesto permitía atender. Serán ayudas para inversiones de entre 10.000 y 100.000 euros.

Al tratarse de una finalidad que es compartida por las diputaciones provinciales, y con la pretensión de que estas ayudas lleguen a un mayor número de destinatarios, se ha incluido la posibilidad de celebrar convenios con estas instituciones.

Serán financiadas mediante fondos propios de la región, bien con carácter exclusivo o en colaboración con las diputaciones provinciales, o mediante cualesquiera otros fondos de financiación que la Junta pueda obtener para esta línea de subvenciones.

Por otra parte, la experiencia en la gestión de estas ayudas hace necesario introducir determinadas mejoras con el fin de agilizar y dar mayor operatividad al procedimiento, tanto en la fase de selección de las obras subvencionadas como en la fase de justificación y liquidación.

Instalaciones de producción de energía eléctrica

Además, también en el apartado de Economía e Infraestructuras se ha aprobado un Decreto para crear el Registro de instalaciones de producción de energía eléctrica, que estará adscrito a la Dirección General con competencias en materia de ordenación y control de la seguridad de la generación de energía eléctrica.

En este Registro se inscribirán todas las instalaciones de producción de energía eléctrica de potencia instalada no superior a 50 megavatios, ubicadas dentro del ámbito territorial de la región cuyo aprovechamiento no afecte a otras comunidades autónomas.

El procedimiento para la inscripción en el Registro será el establecido en el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos, en el caso de instalaciones que utilicen las fuentes de energía.

El esto de instalaciones deberán seguir el procedimiento que indica el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regula las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

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