Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
Puigdemont estira la cuerda pero no rompe con Sánchez
El impacto del cambio de régimen en Siria respaldado por EEUU, Israel y Turquía
OPINIÓN | 'Pesimismo y capitalismo', por Enric González

Sanción a la empresa de litio por trabajos sin autorización, según las asociaciones que denunciaron

Paraje de Valdeflórez, con yacimiento de litio

elDiarioex

0

La Dirección General de Medio Ambiente de la Junta ha dictado una propuesta de resolución en la que impone una sanción a la empresa creada para explotar el yacimiento minero en el paraje cacereño de Valdeflores, Tecnología Extremeña del Litio S.L. (TEL), por la realización de caminos y plataformas de sondeo sin la previa y preceptiva Evaluación de Impacto Ambiental.

Se le impone una doble sanción: una multa económica y la obligación de restauración, con la integración de los caminos en el entorno y restitución de los márgenes afectados, incluyendo aquellos viales o accesos abiertos que no aparecen en las ortofotos. 

Y también restituir aquellas actuaciones no finalizadas, como balsas, sondeos y plataformas de acceso. Las actuaciones serán determinadas por el Servicio de Protección Ambiental.

La Plataforma “Salvemos la Montaña de Cáceres”, la Asociación de Vecinos “Sierra de la Mosca” y la Asociación para la Comunicación e Información Medioambiental (ACIMA) denunciaron ante la Junta y ante el Ayuntamiento la realización de caminos y plataformas para sondeos mineros en terrenos calificados como “suelo no urbanizable de protección” del Plan General Municipal (PGM), “sin licencia municipal y sin la preceptiva Evaluación de Impacto Ambiental”.

Ahora, según han informado desde la citada plataforma en un comunicado, los técnicos de Medio Ambiente han emitido sus informes, previa visita de inspección, al comprobar que se habían realizado 1.449 metros lineales de caminos sin Evaluación de Impacto Ambiental.

Protección ambiental

La propuesta de resolución de la Junta considera que los hechos probados constituyen una infracción del artículo 133-3 de la Ley de Protección Ambiental de Extremadura, “por haber iniciado la ejecución o modificación sustancial de un proyecto sin obtener previamente el Informe de Impacto Ambiental abreviado”.

Un informe obligatorio por ley en los casos de apertura de caminos necesarios para la construcción de plataformas y accesos a los pozos de sondeos, que se realizaron dentro del permiso de investigación minera.

Estos hechos, según la plataforma, motivaron que se solicitara la “nulidad del permiso de investigación ante la Dirección General de Industria, Energía y Minas, a día de hoy pendiente de resolver” y ha insistido en la nulidad del acto administrativo de “Concesión de Explotación Derivada”.

Ha subrayado el hecho de que los informes técnicos en los que se basa esta propuesta de sanción “dan la razón a los denunciantes y abren el camino a que la nulidad del permiso de investigación sea estimada”. 

Además, basan su petición en el artículo 91 de la citada Ley, que establece que proyectos de esta categoría “no podrán autorizarse o ejecutarse sin que previamente se haya formulado Declaración de Impacto Ambiental o el Informe Ambiental”, según proceda, por lo que “las licencias o autorizaciones otorgadas que contravengan dicha obligación serán nulas de pleno derecho”.

 

 

Etiquetas
stats