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Culpable por homicidio imprudente el acusado de la muerte de un joven en ‘El Foro’ de Mérida

Centro Comercial 'El Foro' de Mérida / google.es/maps

EFE

Un jurado popular ha declarado culpable al acusado de la muerte de un joven en un pub del centro comercial 'El Foro' de Mérida en 2011, un veredicto similar al que ya fue elevado por otro jurado.

Si bien el delito ha sido estimado ahora como homicidio imprudente cuando en el primero se entendió como doloso.

El jurado ha llegado a esta conclusión tras deliberar a lo largo de este jueves en dependencias de la sede emeritense de la Audiencia de Badajoz, cuyos magistrados deberán ahora fijar la condena que, según el letrado del acusado, José Duarte, no superará los cuatro años de prisión.

Ya lleva dos años y medio preso

Además su cliente estuvo dos años y medio en prisión preventiva, un tiempo que será computable sobre la pena que determine la Audiencia pacense. Las acusaciones han pedido para el acusado 13 años de cárcel por un delito de homicidio y el pago de una indemnización de 125.000 euros para la madre del joven fallecido.

El Tribunal Supremo ordenó en abril de 2016 la repetición del juicio con un jurado diferente y anuló la condena de cárcel para el procesado -10 años de prisión- que fijó la Audiencia de Badajoz y ratificó el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx).

Los hechos

Ocurrieron el 11 de junio de 2011 en un local de un centro comercial emeritense con una discusión, que posteriormente continúo en los pasillos de las instalaciones hasta trasladarse a los aparcamientos exteriores de las mismas. Fue allí donde comenzó la pelea en la que supuestamente el acusado propinó una patada por la nuca a la víctima, que cayó inconsciente al suelo y que murió varios días después tras sufrir una hemorragia intercraneal.

Tras la condena de diez años de cárcel, la defensa presentó un recurso por entender que no fue practicada una de las pruebas que había solicitado y que estaba admitida por el tribunal.

En concreto, el abogado protestó al considerar que la oficina judicial no había citado para el juicio al Jefe del Servicio de Neurocirugía del Hospital Infanta Cristina, a quien previamente se le debería haber facilitado la documentación médica obrante en la causa para realizar su informe.

La prueba era “esencial, nuclear”, pues con ella pretendía demostrar que en la muerte del joven pudo tener un influjo causal decisivo un padecimiento previo del joven. De hecho, en la repetición del juicio, celebrado esta semana, el facultativo insistió en que no se puede demostrar que una patada fuera la causa de su fallecimiento.

El letrado Duarte ha afirmado que la declaración de este facultativo, que sí declaró en esta segunda vista, ha sido muy importante. “No descarto ni doy por cierto que la muerte sea por el golpe”. 

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