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“La absolución penal de la gestión del Prestige no disminuye el cuestionamento de las decisiones tomadas”

Lectura de la sentencia, en el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia

Miguel Pardo

Jueces para la Democracia (JpD) intenta arrojar luz sobre la polémica sentencia del Prestige, que absolvió de los delitos de daño al medio ambiente a espacios naturales a López-Sors, al capitán y al jefe de máquinas del buque. Para el colectivo, el dictamen judicial “nada decide a nivel político porque nada puede decidir”.

La asociación progresista de la judicatura en Galicia aclara en primer término que la sentencia del Prestige “dilucida posibles responsabilidades penales de los intervenientes en la gestión de la catástrofe”, lo cual se decide “de conformidad con los preceptos relativos al medio ambiente del Código Penal”. Así, destaca que el dictamen no tiene como objetivo “el análisis técnico de la gestión ni un análisis ético o político del comportamiento de los responsables políticos y administrativos ni en el día de la catástrofe ni en los siguientes”. Para JpD, debe quedar claro que “no hubo un pronunciamiento sobre la aceptabilidad de las condiciones de seguridad de la navegación marítima en el sector de los hidrocarburos”. Por lo tanto, de esta sentencia absolutoria “no puede deducirse una aprobación judicial sobre ninguno de estos extremos”.

Según JpD, es “preciso diferenciar” entre el siniestro y la gestión que se hizo de él. De esta última, la sentencia “solo se pronuncia parcialmente en el plano penal”, restando a nivel judicial “tanto una decisión en el plano de la responsabilidad civil e incluso administrativa, como en el plano extrajudicial una depuración de las responsabilidades políticas”. En definitiva, la resolución del tribunal no decide la responsabilidad civil ni administrativa de la gestión de la catástrofe, ni depura responsabilidades en el ámbito político.

Del mismo modo, Jueces para la Democracia recuerda que “a nivel civil se podrían ejercer las acciones relativas al intento de cobro de las indemnizaciones por daños causados por el siniestro”, pero recuerda que están “fuertemente limitadas por los convenios internacionales firmados por el Estado Español en la materia, singularmente el convenio de Responsabilidad Civil por daños causados por hidrocarburos en la versión de 1992”. Este defecto también fue destacado por la propia perito de la Fiscalía para la evaluación de los daños, la profesora María Loureiro, que alertó del deficiente sistema de indemnizaciones vigente.

“Este convenio limita hasta el ridículo la indemnización en relación al daño real causado, que apenas alcanzará el 5% del total, debiendo el resto ser asumido por quienes sufrieron los daños o los pagos, sean administraciones o particulares”, asegura JpD en un comunicado en el que también destaca que, “igualmente a nivel administrativo, una gestión cuestionable podría desembocar en una responsabilidad patrimonial de las instituciones competentes”.

Pero Jueces para la Democracia va más allá. Así, el colectivo destaca que “a nivel político nada decide la sentencia porque nada puede decidir”. “La absolución penitenciaria de la decisión de alejar el buque o el tiempo tardado en iniciar el salvamento no merman el cuestionamento técnico de una decisión que, como era previsible, fue más contaminante y más dañina para las personas y el medio natural”. “El error en la decisión técnica o en las prioridades en el momento de su adopción puede no suponer responsabilidad penal pero debería suponer la asunción de responsabilidades políticas”, dice, tras añadir que al día siguiente del siniestro, en el momento de la gestión de lo que ya era una catástrofe, “se incurrió en errores de los que también se debe derivar responsabilidad: la sentencia ni absolvió de la manipulación informativa ni de la falta de transparencia en la gestión, pues no eran objeto del proceso”.

Jueces para la Democracia cree que hace falta preguntarse “si los poderes del Estado han aprendido de las enseñanzas que dejó el Prestige”. “Los tipos penales en materia ambiental están redactados en forma que se dificulta sobremanera la tutela penal del medio natural y el sistema de salvamento de buques parece no haber mejorado ni la disponibilidad de efectivos ni el tiempo de respuesta”, denuncia, después de recordar que el Plan de contingencias “sigue sin tener una dotación real y efectiva de medios que permitan una pronta respuesta, ni se ha modificado de forma sustancial el sistema de responsabilidad civil, de suerte que sigue recayendo sobre las víctimas, particulares e instituciones, el pago del daño causado por unas sustancias que generan un riesgo cuyo beneficio es privado para los accionistas de las empresas pero cuyo daño sufrimos y pagamos todas y todos”.

“Solo una denuncia de todos los convenios limitadores de responsabilidad civil por daños causados por hidrocarburos y una nueva legislación basada en el principio indemnitario y articulada sobre la responsabilidad solidaria e ilimitada de los principales agentes causantes del daño, generadores del riesgo y beneficiarios de la actividad, puede vislumbrar un sistema civil más justo que tenga como consecuencia la elevación de los estándares de seguridad y prevenga situaciones de resultado catastrófico en la que perece para siempre jamás una parte del mundo en que vivimos”, concluye la asociación.

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