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El Supremo retira las subvenciones de la Xunta a los colegios que segregan por sexo

Feijóo y su conselleiro de Educación, Jesús Vázquez XOÁN CRESPO

David Lombao

Nuevo varapalo judicial al segregacionismo por razón de sexo en las escuelas financiadas con fondos públicos. El Tribunal Supremo (TS) acaba de enmendar la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG), que en febrero de 2012 había desetimado el recurso de la CIG Ensino contra la orden con la que la Consellería de Educación había recuperado los conciertos con estos colegios, eliminados por el bipartito. El TS se une ahora a la doctrina expresada por el alto tribunal gallego en marzo de 2013, considera que “ha lugar” al recurso sindical y deja sin dinero público a estos cinco colegios, cuatro de ellos propiedad de la empresa Fomento de Centros de Enseñanza, del Opus Dei.

En este dictamen el Supremo viene a decir, en esencia, que los centros que separan niños y niñas se quedan fuera de lo establecido en la Ley Orgánica de Educación (LOE) de 2006, en la que el Gobierno central estipulaba que centros públicos y concertados tenían que garantizar el derecho a la educación “en condiciones de igualdad” y sin “discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquiera otra condición”. Para la Sala “no está en tela de juicio la existencia” de la denominada “educación diferenciada”, que consideran “legítima”. “Lo que se cuestiona es que ese tipo de enseñanza acceda a la financiación pública”.

“No resulta conforme a derecho que esos centros privados de educación no mixta puedan tener la condición de centros concertados”, profundiza la sentencia, ya que la LOE señala “expresamente” que no puede existir “discriminación por razón de sexo” a la hora de admitir al alumnado, chocando así indirectamente con el argumentario de la Xunta, que viene insistiendo en que no existe discriminación alguna en estos casos. “Esa imposibilidad de obtener conciertos para esos centros docentes tampoco perturba ningún derecho constitucional de los padres”, advierte, ya que las familias “conservan el derecho de libre elección de centro”. La Constitución, recuerda, señala que para ser concertados los colegios privados tienen que cumplir “los requisitos que la ley establece”.

En este contexto, el Supremo avala que la “intervención estatal que limita el derecho de dirección en los centros privados que reciben ayudas públicas” afecte también a impedir la segregación por razón de sexo, mas aún cuando incluso la ONU, a través de la UNESCO, tipifica desde 1960 este tipo de discriminación, como alude la CIG en su recurso. “En definitiva -resume la sentencia- no pueden comprometerse los fondos públicos”, como hizo la Xunta, “por la vía de los conciertos educativos más allá de los supuestos previstos por la ley”.

“Lo lógico sería la devolución del dinero”

Tras conocer la sentencia, que contó con un voto particular del magistrado conservador José Luis Requero, miembro del Opus Dei, la CIG Ensino manifiesta su satisfacción y ve constatado que “la Consellaría de Educación actúa al servicio de la ideología más reaccionaria”, incluso “empleando dinero de todos los gallegos y gallegas” para “impulsar modelos educativos ultra reaccionarios”. Para el secretario nacional del sindicato, Anxo Louzao, “lo lógico sería que la Consellaría exigiera la devolución de las cantidades con las que subvencionó irregularmente” a estos centros y, además, el dictamen judicial se convierte “en un motivo más y de los de más peso” para reclamar la dimisión del conselleiro, Jesús Vázquez.

En este contexto la CIG Ensino recuerda que “también ha presentado recurso” contra la orden con la que, en verano de 2013, la Xunta “en lugar de atender a la jurisprudencia” optó por “mantenerles el concierto” a “estas patronales ligadas al Opus Dei” incluso antes de la entrada en vigor de la LOMCE, la Ley Wert, que sí les da cobertura legal a las subvenciones para centros segregacionistas. La sentencia, concluye la CIG Ensino, evidencia aún más que la LOMCE “obedece, entre otras cuestiones, al deseo de los gobiernos del PP” para financiar “modelos educativos reaccionarios y obsoletos”.

Documento: Sentencia íntegra

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