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Opinión - ¡Con los jueces hemos topado! Por Esther Palomera

La defensa de Almeida recurre la sentencia por el asesinato de Álex

La defensa de Almeida recurre la sentencia por el asesinato de Álex

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El abogado de Francisco Javier Almeida ha presentado el recurso de apelación que anunció contra la sentencia de la Audiencia Provincial que condenó a su defendido a prisión permanente revisable por el delito de asesinato y a 15 años de cárcel por el delito de agresión sexual.

El recurso lo verá la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja.

En la sentencia ahora recurrida también se le impone la prohibición de residir en La Rioja y la prohibición de comunicación o aproximación a los padres y hermano de Álex por tiempo de 10 años tras cumplir el tiempo en prisión.

Al parecer y según fuentes cercanas, Almeida ha anunciado su intención de apelar dicha sentencia a su abogado. El recurso debería presentarse en los próximos días ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJR.

Juicio del crimen de Lardero

El pasado 30 de marzo, y después de 7 de días de juicio, el tribunal del jurado popular declaró culpable por unanimidad al acusado de ambos delitos, asesinato y agresión sexual.

Ahora el Magistrado de la Audiencia Provincial en su resolución impone la pena máxima que recoge nuestro Código Penal y que durante el juicio fue solicitada por el Fiscal y por la acusación particular y popular.

En la sentencia por el asesinato y violación de Álex, de más de 200 páginas, se considera probado que el 28 de octubre de 2021, F.J.A. llevó a su casa mediante engaño a Álex de 9 años cuando se encontraba en la calle disfrazado y jugando con otros niños. Una vez en su casa le agredió sexualmente y le provocó la muerte por asfixia.

El condenado, con el cuerpo sin vida de Álex en brazos, fue sorprendido, por un vecino y por efectivos de la Policía en las escaleras del mismo inmueble donde cometió el crimen.

La sentencia también reconoce el derecho de los padres de recibir una indemnización en concepto de responsabilidad civil de 300.000 euros para cada uno de los progenitores y 60.000 para el hermano, a pesar de la insolvencia declarada por el condenado.

El Magistrado manifestó en su resolución judicial que “cualquier cifra en la que podríamos pensar, nunca podría compensar el daño causado”.

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