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Competencia recurre la licitación postal del Ayuntamiento porque “favorece a los operadores con mayor tamaño”

Imagen de archivo del Palacio de Cibeles, sede del Ayuntamiento de Madrid.

Somos Madrid

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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha recurrido la licitación de los servicios postales en los que se apoyan el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos para enviar las notificaciones administrativas en papel. Desde la CNMC consideran que “algunas exigencias de los pliegos restringen la competencia de modo innecesario o desproporcionado entre los operadores postales”, según un escrito facilitado por el propio organismo.

La comisión reguladora señala que en el mes de junio, antes de interponer el recurso, solicitó al organismo autónomo Informática del Ayuntamiento que anulara varios aspectos de los pliegos con el fin de evitar la impugnación. Entre ellos, se encuentran los criterios cualitativos para la selección del operador, la capacidad de procesamiento del licitador, el funcionamiento del Sistema Arbitral de Consumo y la oferta económica.

Para la CNMC estos aspectos “favorecen a los operadores con mayor tamaño”, ya que otorgan más puntos en función de la capacidad total del operador, aunque esa capacidad no sea necesaria para prestar el servicio licitado. Además, los pliegos exigen que el operador tenga una capacidad de procesamiento de objetos postales superior a las necesidades del contrato, un requisito que incrementa el coste para los operadores postales y favorece a los que disponen de esta capacidad por razones ajenas al contrato.

Competencia insiste en este “trato preferente” respecto a las compañías de mayor volumen y asegura que el Ayuntamiento de Madrid garantiza una puntuación extra a aquellos operadores que estén adheridos exclusivamente al Sistema Arbitral de Consumo. Este procedimiento penaliza directamente a los que no forman parte únicamente del sistema, un aspecto que desde la CNMC consideran “desproporcionado”.

La comisión reguladora también hace referencia a la oferta económica y advierte que “desincentiva la competencia en precio entre los licitadores al infravalorar las bajas superiores al 10%”. Además, la CNMC resalta que el valor de partida para la oferta económica penaliza a los operadores más eficientes en costes y puede encarecer el servicio, obstaculizando el mantenimiento de una competencia efectiva.

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