La sentencia del Juzgado de Caravaca (SJC), emitida por la jueza doña Marta Rodríguez, de abril de 2021 pero merece la pena ser puesta de relieve. El demandante es el conocido empresario cartagenero Alfonso García (AG), y el demandado el no menos famoso exjuez del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, Mariano Espinosa (ME). La cosa era que AG le arrendó a ME 127,10 hectáreas del célebre paraje 'El Chopillo', en Moratalla, para cultivar olivos en intensivo, pero se encontró con que legalmente solo podía hacerlo en 10,55 hectáreas, por lo que el frustrado exige a quien considera engañador, ajustes en la renta y compensación económica. Cosa rara, vaya que sí, que los protagonistas no hayan conseguido cambiar la legalidad en tan manoseada finca, y por eso ambas partes se reconocen sorprendidas: ¡pobres! Pero los que conocemos el percal suponemos que el regadío se ha realizado sin recalificar y conociéndolo las administraciones concernidas (que no van a exigir, sería la primera vez, que los terrenos alterados ilegalmente vuelvan a su estado original).
Las crónicas sobre este asunto de la prensa feliz han sido flojas como suelen, ante 'El Chopillo' puñetero, ya que este enclave quema y destruye, y nuestra prensa, jueces e instituciones hace mucho que desistieron de entrar, a fondo, en ese pozo.
Por supuesto que los contrayentes tenían previsto, ambos dos, el aumento del regadío pese a conocer las restricciones legales existentes, ya que el regadío se viene ampliando ahí desde el día siguiente al espantoso incendio de 1994 que, sin embargo, inició la prosperidad de esa finca y de sus dueños, resultando providencial (el fuego feroz) y destacando siempre, como distinguido beneficiario del destino, don ME. Vamos, que don ME aseguraría con la rotundidad esperada, a don AG que esa finca, en su mayor parte forestal, se convertiría en regadío sin mayor problema.
El exjuez, pasándose de listo, dejó por tonto al curtido mercader, lo que aprecia la SJC sin darle apenas importancia, ya que él arrendador (ME) garantizó al arrendatario (AG) el “uso agrícola” de la finca arrendada, pero sin especificar si ese uso se refería o no a regadío… (¡Qué pillín, don Mariano!) “Ah, se siente”, me imagino que le diría al (otrora) amigo decepcionado (y encabronado), ya que le ha “proporcionado el legal y pacífico disfrute de toda la superficie arrendada y del suministro de agua legalmente reconocido” (SJC dixit). Suelo y agua en disfrute legal, y pacífico, sí, sí. Doña Marta habrá debido tomar nota de esta misma frase, porque tiene su miga y le puede interesar en su actividad profesional.
El fondo del litigio –atención, señora jueza– es que en 'El Chopillo' se ha cambiado y retorcido la legalidad un día sí y otro también, siendo lo raro que ahora –y en este caso, afectando al pobre AG– no sea posible. Y esto pese a que el perjudicado reconoce, en su demanda, que se han “documentado numerosas gestiones que las partes de forma anterior, coetánea y posterior a la firma del contrato de arrendamiento llevaron a cabo con la CHS, el Ayuntamiento de Moratalla y la Consejería de Agricultura para la efectiva consecución de las mencionadas hectáreas de regadío”. Así que (añado: excepcionalmente), los esfuerzos para recalificar no tuvieron éxito en esta ocasión, de lo que ambas partes se consideraron sorprendidas… Y menudo disgusto: el demandante exhibe un coste de nada menos que 320.000 euros en las obras e instalaciones previas a ese regadío que, contra toda previsión, no ha podido conseguir: ¡qué seguro estaba! Pero los que conocemos el percal sospechamos que esas instalaciones se han usado y se usan en el regadío ilegal, y por eso el (aparentemente) burlado no exige la rescisión del contrato.
Otro destello luminoso que proporciona la SJC es la que aporta la perito consultada, que se apercibió de un vistazo que lo que preveía el contrato, en cuanto a uso del suelo para regadío, no era posible según la legalidad vigente, marcada por la CHS y su UDA 25 (que este organismo creó en su día para violentar la legalidad vigente, claro, ya que estamos en un bosque incendiado, nada más y nada menos…).
Y por lo que se refiere a las aportaciones de los peritos de la demandada, es decir, de ME, se debe destacar la afirmación de que el susodicho “tiene derecho reconocido a recursos hídricos suficientes para el regadío de las 127 ha”, lo que, con no ser evidente, suscita la apostilla, sentenciosa, de que disponer de recurso no es poseer un derecho a utilizarlo. Muy divertida es la posición del demandado exmagistrado (del que alguno de sus antiguos alumnos me aseguró que dejaba mucho que desear cuando ejerció como profesor, así como en su supuesta calidad de jurista) que niega las competencias municipales en el control del suelo a favor de la CHS, cuando de las transformaciones a regadío se refiere, quedándose tan pancho. Lo que, aparte de sus escasos, e interesados, conocimientos jurídicos refleja que algún problemilla ha debido de tener con el Ayuntamiento de Moratalla y que, por el contrario y como los hechos demuestran, viene disponiendo de vía libre, casi total, de la parte de la CHS (aunque de vez en cuando le caiga alguna multilla irrelevante).
Por supuesto que de lo que se trata es de que al demandante se le resarza económicamente por no poder explotar la finca arrendada con la intensividad que pretendía y que, según él, se le había garantizado; y a esto, la SJC responde dándole parcialmente la razón. Así, la sentencia se circunscribe, como es usual, a la mera causa planteada, sin entrar en lo que no se le pide. Pero si le prestamos más atención, comprobaremos que, en ese conflicto tan típicamente civil y de vulgar engaño entre mercaderes del agua, subyace un fondo cenagoso y enquistado que afecta gravísimamente al interés social desde 1994, puede que antes. Una ciénaga legal a la que los juzgados se resisten a entrar, pese a que ya en 2000 se había presentado un centenar de denuncias, la mayoría de la Guardia Civil (SEPRONA).
En nuestra coda (de responsable y franca colaboración con la no siempre fiable justicia, que en estos pagos nos tiene poco contentos), lo que proponemos a la jueza doña Marta Rodríguez es que gire un día visita a 'El Chopillo' y acepte incluso la invitación (que seguro que será cordialísima) de don ME, a fin de cuentas, compañero del oficio judicial, pero que vaya acompañada y previamente documentada (si no, no se mueva). Por supuesto que este humilde cronista (que con no poca ingenuidad insiste en creer en la justicia) se ofrece a acompañarla, así como a documentarla, no sin antes advertirle, como ya he hecho notar, que hace años que ni la justicia (apunto sobre todo a los fiscales) ni las administraciones públicas se atreven a penetrar los límites de ese enclave, que son tanto geográficos como legales y morales.
Porque ahí, señora jueza, tenemos usted, la justicia y muchísimos ciudadanos hartos y escandalizados, varios y muy serios asuntos pendientes. Y el primero de los cuales, para que no se pierda en la maraña existente, si llega a interesarse, es el mero origen físico del agua con que se viene trasformando, desde hace décadas, ese suelo forestal roturado y puesto posteriormente en regadío intensivo; y la verdadera y más rotunda coda es que, tras el incendio de 1994, lo que en grandísima medida hay en 'El Chopillo' –roturaciones, pozos, balsas, conducciones hidrológicas y eléctricas y cientos de hectáreas de regadío– o es ilegal o irregular o abusivo o tramposo.
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