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La Justicia rechaza el pasaporte COVID para acceder a las residencias navarras

Una persona muestra su pasaporte Covid, a 4 de diciembre de 2021, en Valencia.

elDiario.es Navarra

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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha denegado este miércoles autorizar la exigencia del pasaporte COVID solicitado por el Gobierno de Navarra para acceder a las residencias de mayores y centros sociosanitarios “por carecer de competencias para decretarlo la consejera de Derechos Sociales”. Según ha comunicado el TSJN en una breve nota, los magistrados, que no han entrado a valorar en el fondo del asunto, como es el análisis de la proporcionalidad de la medida y su posible afectación en derechos fundamentales, han considerado que esta decisión sólo puede decretarla la consejera de Salud del Gobierno de Navarra, Santos Induráin. El auto puede ser recurrido ante el Tribunal Supremo. 

Cabe recordar que la misma sala, hace apenas un mes, autorizó la exigencia del certificado digital solicitada por el Ejecutivo foral para acceder a restaurantes de más de 60 comensales, establecimientos con licencia de discoteca o salas de fiesta, y eventos multitudinarios de carácter cultural en espacios interiores con consumición de comida o bebida de más de 1.000 personas. Los jueces estimaban así las medidas ante el repunte de contagios registrados a mediados de noviembre y consideraba que eran “idóneas, necesarias y proporcionadas”, asegurando a la vez que el certificado COVID “es una herramienta más (y de menor impacto en los derechos fundamentales en comparación con otras medidas más intensas) en la aplicación de medidas para evitar la transmisión”.  

Después de solicitar esta medida para acceder a los centros de mayores, el Ejecutivo foral anunció la semana pasada que barajaba extender este certificado digital a los espacios deportivos, como gimnasios y polideportivos, así como a eventos multitudinarios ante el repunte de la sexta ola de la pandemia.

La implantación del pasaporte COVID en España ha acaparado resoluciones desfavorables en otros lugares como Euskadi. Sin embargo, el Tribunal Supremo accedió a autorizar su utilización y cuando se planteó también para residencias, al igual que para visitas a hospitales o prisiones, no se pusieron objeciones.

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