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¡La que has liao, Marchena!

Manuel Marchena, en el centro, y otros cuatro miembros del tribunal en una de las sesiones del juicio.

Elisa Beni

Marchena... y compañía. El tribunal que enjuicia a los diputados catalanes presos tenía en sus manos dos instrumentos para conseguir el objetivo que legalmente persigue, que no es otro que la suspensión de los cinco parlamentarios presos, y ha optado por elegir el que más complica las cosas. Tenía una bomba de explosión inmediata y sin intermediarios y otra de mando teledirigido. Usó esta última y así se ha ido embrollando el asunto sin que se sepa aún cómo terminará. El Tribunal Supremo envió de una forma muy urgente, cuando aún no existía ni presidente del Congreso ni los catalanes eran efectivamente diputados, una comunicación de presidente a presidente en la que solicitaba que se aplicaran los artículos precisos de los reglamentos de Congreso y Senado. Según manifestaron fuentes del tribunal en aquel momento -previo a la constitución de las cámaras- lo hacían para que “no se produjera una injerencia del Poder Judicial en el Legislativo” y porque “el tribunal no puede alterar las mayorías”. Esta última apreciación deja ver de fondo una inconsciente valoración política porque ¿qué tendría que importarle al tribunal qué sucediera tras una decisión legal que es obligada, según afirman?, ¿si a Pedro Sánchez le sobraran diputados no hubieran actuado igual?, ¿qué sentido tiene que ni siquiera se lo planteen? Y es que han enviado a la vez un auto en el que afirman que no hace falta el suplicatorio porque está pensado desde su origen para que no se pueda alterar las mayorías de las cámaras.

La cuestión es que Marchena y su tribunal han optado por el mando teledirigido y traspasado el marrón a la Mesa del Congreso (y al pleno del Senado). Si pretendían ser expeditivos y rápidos se han equivocado, los catalanes llevan ya dos días de diputados, y si pretendían no tener que pronunciarse, también, puesto que no sólo la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, les ha dirigido una carta preguntándoles, en unos términos que no se han hecho públicos, por qué no usan la bomba de explosión inmediata, sino que la propia Fiscalía del Tribunal Supremo, con firma de dos de los fiscales del juicio, le ha pedido que use de una vez ese instrumento directo y se deje de marear la perdiz. No son los fiscales Zaragoza y Cadena ni sus colegas especialmente sospechosos de estarle bailando el agua a nadie que no esté en la línea ultra dura de la condena por rebelión así que ¿por qué esta confluencia de opiniones sobre la necesidad de que sea el tribunal el que mande y ordene suspender a los diputados catalanes?

La vía con mando a distancia del artículo 21.2 del Reglamento del Congreso contiene en su redacción una dificultad añadida ya que contiene una palabra explosiva: “cuando, concedida por la Cámara la autorización objeto de un suplicatorio y firme el Auto de procesamiento, se hallare en situación de prisión preventiva y mientras dure ésta”. La palabra es suplicatorio. El tribunal enjuiciador ha argumentado en un auto, que también ha enviado al Congreso, por qué no es preciso en este caso el suplicatorio, y yo estoy de acuerdo con sus razones, pero lo cierto es que la palabrita de marras está ahí. Y da para consultas, peticiones de informes y recursos. Por cierto, que toda la disquisición sobre por qué no es preciso el famoso suplicatorio no hubiera existido si los abogados dizque defensores no le hubieran pedido al tribunal que lo solicitara, lo cual es bien raro ya que se trata de pedir que pidan algo que le resta derechos a tu cliente, ya que no les hubieran contestado en un auto sobre ello.

La bomba de explosión inmediata es un artículo de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, el 384 bis, conocido como el “artículo Yoldi” que fue introducido en la norma después del episodio que permitió a un etarra en prisión preventiva presentarse a ser investido como lehendakari. Este artículo es bastante taxativo y admite mucha menos discusión y es el que tanto la Fiscalía como la Mesa del Congreso quieren que se detone de forma inmediata por el Tribunal Supremo.

Hasta este jueves no habrá respuesta por parte de los jueces. Tienen en su mano ahora darle al botón rojo, que no podía usarse hasta que los diputados no hubieran tomado posesión, o empecinarse en que sean suspendidos de forma reglamentaria. Este último camino será desde luego algo más largo puesto que no cabe duda de que el Congreso pedirá también sus propios informes dado que se trata de aplicar el reglamento propio.

Tictac tictac las elecciones son el domingo. La duda estriba en saber si los diputados y el senador catalán que se encuentran en prisión preventiva van a ser suspendidos antes o después de las mismas y el uso que los partidos harán de esta circunstancia en su recta final. Todo depende de la decisión que adopten los magistrados encabezados por Marchena. Si hacen caso a la Fiscalía, poco podrá decir la Mesa del Congreso y si persisten en su planteamiento, entonces es mucho más probable que las elecciones se celebren con cuatro diputados y un senador presos.

Y éste es el verdadero problema, que no deberían estarlo, que podrían haber sido sometidos a juicio sin necesidad de mantenerlos en prisión, y que cuando algo empieza mal acaba envenenando todo lo que de ello se deriva.

“Tenemos que hablar” y lo consiguiente fueron las palabras más sensatas que se dijeron ayer en Parlamento, ese lugar nacido para parlamentar.

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