Una nueva Ley de Partidos que refuerce los mecanismos de control interno
Ocho años después, la corrupción vuelve a justificar una moción de censura en el Parlamento. Ayer era el PP, hoy es el PSOE. Quienes ayer parecían íntegros y honorables, hoy se tambalean al son de denuncias e imputaciones. Si hablamos de corrupción en el seno de un partido, es dentro de él donde debería encontrarse la primera línea de actuación para combatirla. Sin embargo, la pregunta sigue siendo la misma: ¿qué mecanismos tienen los militantes para exigir responsabilidades a sus dirigentes políticos en una circunstancia determinada?
La realidad es que las voces críticas que pueden surgir entre la militancia se ven ahogadas ante la falta de un marco legal que permita cuestionar las decisiones que toman sus cúpulas directivas. ¿A quién dirigirse dentro del organigrama de la formación? España obliga a controlar al Gobierno en el Parlamento, pero no obliga a controlar a quienes mandan dentro de los partidos. ¿No debería hacerlo? Los mecanismos de control interno existen, pero suelen depender de las propias direcciones y carecen de la autonomía, periodicidad y capacidad de exigir cuentas, que sí encontramos en otras instituciones.
Quizás sea hora de reformar la L.O. 6/2002 de Partidos Políticos, y de paso, también la L.O. 8/2007 de Financiación de los mismos. ¿Alguien puede entender que la ley siga permitiendo pagos en efectivo dentro de estas organizaciones después de las sentencias que acreditaron la existencia durante años de una caja B en el PP? Es inaudito.
Podría ser interesante incluir en esa nueva ley la creación de un comité de control, elegido por las bases de manera independiente a la junta o comisión directiva, con mandatos renovables periódicamente. Este órgano no intervendría en las decisiones de la junta o comisión, pero sí podría someterla a sesiones periódicas de control —como el Parlamento hace al Gobierno—. Además, tendría una función decisiva: someter a votación extraordinaria de la militancia cuestiones importantes cuando un determinado porcentaje de la misma lo solicita.
La reforma debería también abordar temas como la obligatoriedad de elecciones primarias para elegir a los dirigentes, la periodicidad en que deben renovarse los cargos, la elección de los líderes autonómicos por las bases de cada organización territorial sin imposición de la dirección nacional, y la prohibición de las donaciones en efectivo y de pagos en metálico que excedan una cantidad mínima legalmente establecida. Una auditoría externa obligatoria al año por una empresa independiente no estaría de más, porque la experiencia muestra que la fiscalización del Tribunal de Cuentas no basta para prevenir la corrupción.
En el contexto actual de la política española con parlamentos fragmentados tanto a nivel nacional como autonómico, quizás la reforma debería incluir también la necesidad de realizar consultas a las bases para ratificar determinados acuerdos, más aún si incumplen una promesa electoral. Pero no solo en estas situaciones extraordinarias sería útil un comité de control; también para zanjar cuestiones que dividen a la militancia. Hay ejemplos en los dos partidos mayoritarios. Resultaría legítimo preguntarse si una consulta interna a los afiliados del PP habría permitido mantener durante meses el respaldo de la dirección a un presidente de la Generalitat valenciana fuertemente cuestionado por su actuación el fatídico día de la dana. O, en el bando opuesto, si permitiría a la actual dirección del PSOE mantenerse en su cargo sin necesidad de ser ratificada por las bases tras las imputaciones sucesivas de sus dos últimos secretarios de organización, sumando ahora la imputación de uno de ellos por presuntos intentos de coacción a la Justicia.
Quienes dirigen un partido acabarán gobernando, solos o en coalición. ¿No deberíamos ser más exigentes con los que aspiran a hacerlo? Pues empecemos allí donde nace el poder: en el seno de las organizaciones políticas. Un presidente del Gobierno debe comparecer ante el Parlamento. Un alcalde, ante el pleno municipal. Incluso el consejo de administración de una empresa que cotiza en bolsa debe someter su gestión al escrutinio de los accionistas. Sin embargo, un secretario general o presidente de un partido acumula un enorme poder interno durante los años que dura su mandato estatutario, sin tener que rendir cuentas a ninguna oposición. ¿No habría que intentar corregir esta realidad? La democracia sin duda se reforzaría.
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