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Los asaltos a instituciones antes de Lorca que acabaron en el banquillo: de Barcelona a Llodio

Imagen del juicio contra los acusados del asalto al Parlament en la Audiencia Nacional.

Alberto Pozas

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Las consecuencias legales del asalto de decenas de ganaderos al pleno del Ayuntamiento de Lorca todavía no están claras. Por el momento la Policía ha practicado seis detenciones, además de otro que se ha entregado, y la acusación apunta a delitos de atentado contra la autoridad y desórdenes públicos a la espera de que el juzgado haga un pronunciamiento más específico. En la última década, diversos casos de asaltos y protestas en administraciones públicas han terminado en el banquillo con resultados muy distintos, desde absoluciones hasta penas de cárcel pasando por delitos leves y faltas.

Las características de cada episodio marcan su futuro judicial: si hubo agresiones a personas, si se produjeron destrozos o si se interrumpió la actividad del organismo asaltado, en este caso el pleno del Ayuntamiento de Lorca. Eso puede marcar el camino, en caso de existir una causa judicial, por desobediencia, desórdenes públicos o atentado a la autoridad. También por un delito contra las instituciones del Estado, que castiga con hasta un año de cárcel a quienes “perturben de forma grave el orden de sus plenos impidiendo el acceso a los mismos, el desarrollo del orden del día previsto, la adopción de acuerdos o causen desórdenes que tengan por objeto manifestar el apoyo a organizaciones o grupos terroristas” en una corporación local.

Abascal, Ortega Smith y Llodio

En el año 2003 el escenario político estaba marcado por la ilegalización de Batasuna por parte del Tribunal Supremo en aplicación de la Ley de Partidos. En mayo de ese año el mismo tribunal prohibía a “Laudio Aurrera” presentarse a las elecciones municipales en Llodio. El 14 de junio de 2003, decenas de personas acudieron al salón de plenos del Ayuntamiento, en plena sesión de constitución tras las elecciones, para protestar contra la exclusión de la candidatura. Los gritos, empujones e insultos obligaron a celebrar el pleno en otra sala y varios concejales fueron insultados y agredidos. Uno de los manifestantes gritó una consigna etarra a un concejal: “Abascal pim, pam, pum”.

Ese concejal del Partido Popular era Santiago Abascal Conde, actual líder de Vox y otro de los presentes era su padre, Santiago Abascal Escuza, que durante años había vivido la amenaza terrorista de ETA. Los dos fueron insultados, empujados y agredidos por los simpatizantes de Batasuna. El caso terminó en la Audiencia Nacional con 18 acusados en el banquillo y con padre e hijo representados por el abogado Javier Ortega Smith, hoy secretario general de Vox. Todos fueron condenados pero no por delitos relacionados por el terrorismo, sino por interrumpir el pleno del consistorio de Llodio y, en algunos casos, por agresiones concretas a concejales del PP.

La sentencia, que confirmó poco después el Supremo, optó por aplicar a todos el artículo 505.1 del Código Penal. Todo fue, según la Audiencia, “una perturbación grave del orden del Pleno del Ayuntamiento de Llodio que impidió la adopción de acuerdos y obligó a los concejales a buscar otro lugar para poder tomar posesión de sus cargos y elegir al nuevo alcalde dando cumplimiento al orden del día previsto”. Esto, al margen de otras condenas por agresiones e insultos a varios concejales, entre ellos Santiago Abascal y su padre.

Asalto al Parlament

El 15 de junio de 2011 miles de personas se concentraron en torno al Parlament de Catalunya en el contexto de las protestas del 15M. Ese día el Govern de Artur Mas tenía intención de sacar adelante unos presupuestos marcados por los recortes en políticas sociales. Muchos diputados accedieron al edificio entre insultos, agresiones y escoltados. El president tuvo que acceder al edificio en helicóptero junto con parte del Ejecutivo. El pleno se celebró con retraso y las cuentas de Convergència i Unió pasaron el primer trámite parlamentario de enmiendas gracias a la abstención del Partido Popular.

Ese día arrancaba también un proceso judicial que ha terminado recientemente con una sentencia del Tribunal Constitucional. En un primer momento, 18 de los 19 acusados fueron absueltos por la Audiencia Nacional, pero el Tribunal Supremo condenó a varios de ellos a 3 años de cárcel por un delito contra las instituciones del Estado, la versión del delito que condena a quien emplea la fuerza para impedir que un diputado asista a una reunión en un parlamento autonómico. “Paralizar el trabajo ordinario del órgano legislativo supone afectar no ya el derecho fundamental de participación política de los representantes políticos y, en general, de los ciudadanos catalanes, sino atacar los valores superiores del orden democrático”, dijo entonces el Supremo.

Rodea el Congreso

El 25 de septiembre de 2012 miles de personas abarrotaban la glorieta madrileña de Neptuno y el Paseo del Prado bajo el lema “Rodea el Congreso”. Los disturbios y las cargas policiales dejaban 7 detenidos y más de 20 heridos entre manifestantes y policías mientras, a pocos metros, la cámara baja celebraba un pleno al que llegaban los gritos, cánticos y ruidos de los disturbios: “Me parece más coherente la actitud de quienes protestan ahí fuera, en la calle, que la de quienes desde aquí dentro deslegitiman la política”, dijo por ejemplo el diputado socialista Ignacio Sánchez Amor.

Los disturbios llegaron rápidamente a la Audiencia Nacional, donde el juez Santiago Pedraz redactó un auto que le valió el calificativo de “pijo ácrata” por parte de Rafael Hernando, entonces portavoz adjunto del PP en el Congreso. El magistrado criticó que la Policía intentara que el caso se investigase en la Audiencia Nacional y no en un juzgado ordinario y sobreseyó la causa por delitos contra las instituciones del Estado: “No hubo alteración alguna: la 'larga' sesión se desarrolló normalmente”, zanjó Pedraz antes de dejar el caso en manos de un juzgado de Madrid.

Esos disturbios no han sido juzgados a día de hoy –la defensa no ha podido ni presentar su propio escrito– aunque sí hay sentencias sobre convocatorias de años posteriores de la misma protesta. El año pasado la Fiscalía pidió hasta 7 años de cárcel para 21 acusados de los disturbios por delitos de desórdenes públicos, atentado y faltas de lesiones. Quien sí se ha pronunciado ha sido la Justicia europea: el año pasado el Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó a España por no investigar la agresión policial a una joven. Otros procesos de este Rodea el Congreso han sido, incluso, rechazados por prescripción.

El pleno de Moratalaz

En marzo de 2015 la Policía Nacional detenía en Madrid a 19 personas acusadas de un delito contra las instituciones del Estado, otro de lesiones y otro más de desobediencia. Entre ellos había varios miembros de Distrito 14, colectivo antifascista del barrio de Moratalaz. El motivo de la acusación era haber interrumpido un pleno de la junta de distrito unas semanas antes en protesta contra los desahucios y con una pancarta: “Ni gente sin casa, ni casas sin gente”, decía el mensaje. El caso, según recuerdan fuentes jurídicas, fue finalmente archivado.

Willy Toledo en el Congreso

En diciembre de 2010 varias personas fueron expulsadas del Congreso de los Diputados después de gritar a favor de los derechos del pueblo saharaui durante las votaciones del pleno. Uno de ellos fue el actor Willy Toledo, trasladado a la comisaría de la Cámara Baja y acusado junto con el resto de activistas de un delito contra las instituciones del Estado. El juez Pablo Ruz, de la Audiencia Nacional, se apoyó en la Fiscalía para archivar el caso medio año después alegando que “no llegó a producirse interrupción, aplazamiento o suspensión alguna de la sesión” con el apoyo de la Fiscalía.

La Conselleria de Economía

Once días antes del referéndum ilegal de 2017 la Guardia Civil lanzaba la Operación Anubis para intentar frenar los preparativos de las votaciones. El independentismo se lanzaba entonces a la calle y miles de personas rodearon la Conselleria de Economía donde se estaban produciendo algunos registros. Este episodio, que ocupó decenas de sesiones del juicio al procés del Tribunal Supremo, se tradujo en condenas para los líderes independentistas, como parte del delito de sedición, pero no tuvo consecuencias para, por ejemplo, los autores concretos del destrozo de varios coches de la Guardia Civil.

Los testigos del juicio definieron como “asedio” la protesta masiva frente a la sede de Economía pero al mismo tiempo reconocieron que los registros ordenados por el juzgado 13 de Barcelona se llevaron a cabo “con normalidad”, dijo uno de los agentes.

La librería Blanquerna

La librería Blanquerna, en la madrileña calle de Alcalá, está ubicada en la Delegación del Gobierno de la Generalitat de Catalunya en la capital. Allí se reunieron personalidades y políticos catalanes para celebrar la Diada del 11 de septiembre de 2013 cuando una decena de ultraderechistas irrumpieron en el edificio abriéndose paso a patadas, golpes y empujones y con el grito: “¡No nos engañan, Cataluña es España!”. Entre ellos había líderes de partidos ultras como Manuel Andrino (La Falange), Pedro Chaparro (Democracia Nacional) o Iñigo Pérez de Herrasti, con antecedentes por intentar atentar contra un autobús de familiares de presos etarras en el año 2000.

El caso dio muchas vueltas en los tribunales antes de llegar a sentencia firme y a los altercados se sumó la consideración jurídica de la faceta ideológica del asalto a Blanquerna. En 2020 el Tribunal Supremo les impuso condenas de hasta 2 años y 9 meses de prisión pero sin la agravante de discriminación ideológica, tal y como había exigido el Tribunal Constitucional tras estimar los recursos de los ultraderechistas contra la primera sentencia de 2017. Reventar la reunión política, explicó el Supremo, constituye un delito de desórdenes públicos en concurso con otro contra el derecho de reunión. La entrada en prisión de los condenados, después de varias suspensiones, se ha producido recientemente.

Los policías de Málaga

En 2013 un total de 17 agentes de la Policía Local de Málaga se sentaron en el banquillo por faltas de desobediencia y resistencia. En noviembre del año anterior habían irrumpido en el Ayuntamiento de la ciudad mientras protestaban contra el plan de ajuste municipal y lanzaban gritos contra el alcalde aunque sin que se produjeran enfrentamientos o daños, según informó Diario Sur. El caso llegó a juicio pero las posibilidades de una sentencia condenatoria se evaporaron cuando, según informó el sindicato policial al que pertenecían la mayoría de acusados, la Fiscalía retiró la acusación. El Ayuntamiento de Málaga nunca llegó a personarse como acusación en el proceso.

La universidad de Sevilla

En febrero de 2002 varias decenas de estudiantes irrumpieron en el rectorado de la Universidad de Sevilla y llegaron hasta el despacho del rector mientras se celebraba la junta de gobierno, según informó El País. La protesta contra la Ley Orgánica de Universidades (LOU) se saldó con 14 detenidos, daños en puertas del siglo XVIII y con la Fiscalía pidiendo para ellos condenas de hasta un año de prisión por un delito de desórdenes públicos, daños y lesiones. La sentencia del caso no llegó hasta agosto de 2011, casi una década después: según el juzgado de lo penal 8 de Sevilla, ninguno de los posibles autores de los delitos había sido plenamente identificado por los investigadores y los testigos.

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