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El Constitucional rechaza la petición del PP de apartar a la progresista Laura Díez de la revisión de 30.000 votos nulos

Archivo - Fachada del Tribunal Constitucional.

Alberto Pozas

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El Tribunal Constitucional ha rechazado la petición del PP de apartar a una de sus magistradas progresistas, Laura Díez, de las deliberaciones sobre la petición del PSOE para revisar 30.000 votos nulos de las últimas elecciones generales. La sala resolverá el fondo del asunto mañana por la mañana.

La sala segunda del tribunal de garantías entiende que las alegaciones del PP, que recusaba a la magistrada por haber sido nombrada a propuesta del PSOE en la última renovación parcial, no son suficientes para retirar a Díez del caso. “Los hechos alegados carecen de relación y no son susceptibles de integrar la causa de recusación invocada por el PP, esto es, tener interés directo o indirecto en la causa”, explica el Constitucional.

El tribunal de garantías decidió la semana pasada admitir a trámite el recurso que el PSOE había presentado contra las sucesivas negativas de la Junta Electoral y el Tribunal Supremo a acceder a esta revisión de los votos nulos. Los socialistas solicitan la revisión de 30.000 votos nulos en Madrid en busca de un escaño clave: el que gracias a 1.323 votos más les otorgue un asiento más en el Congreso y les permita depender de la abstención de Junts, y no de su voto a favor, para una posible investidura de Pedro Sánchez.

Díez se incorporó al pleno del Tribunal Constitucional el pasado mes de diciembre, en la renovación parcial con los cuatro candidatos propuestos a medias por el Gobierno y por el Consejo General del Poder Judicial. Catedrática y alto cargo en Moncloa hasta su entrada en el tribunal de garantías, el PP cuestionaba que pudiera formar parte de las deliberaciones de este recurso al haber sido nombrada a propuesta del ejecutivo central.

Poco después de trascender la decisión de la sala, la Fiscalía ha presentado su escrito oponiéndose al recurso del PSOE y rechazando la petición de recuento. Una postura contraria a la que había mantenido el Ministerio Público en una fase anterior del procedimiento, cuando pidió al Tribunal Supremo que aceptara el recurso de forma “íntegra” y permitiera la revisión de los 30.000 votos cuestionados.

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