La Fiscalía se opone a archivar el caso de prevaricación contra el diputado del PP Alberto Casero
La Fiscalía del Tribunal Supremo ha mostrado su oposición a archivar la investigación que se sigue contra el diputado del PP Alberto Casero por un presunto delito continuado de prevaricación relativo a cinco acuerdos y contratos de servicios que habría realizado cuando era alcalde de Trujillo (Cáceres) en 2017 y 2018.
En un escrito, remitido al juez Andrés Palomo y al que ha tenido acceso Europa Press, la fiscal Ángeles Montes ha asegurado que “lo que indiciariamente se deriva de lo actuado hasta el momento es una actuación claramente irregular por parte de Casero, sin justificación de necesidad alguna para ello y con un importante coste económico para el Ayuntamiento que no aparece compensado en beneficio alguno para ciudadanía”.
El Supremo investiga a Casero desde el pasado marzo, cuando el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Trujillo elevó una exposición razonada en la que se calificaban los hechos atribuidos al entonces alcalde como un presunto delito continuado de prevaricación administrativa. La Fiscalía, por su parte, entendió que había también indicios de un presunto delito de malversación.
Ahora, en un escrito de ocho folios, la representante del Ministerio Público ha recordado que Casero –en su condición de alcalde– concertó entre 2017 y 2018 con diferentes personas y entidades “contratos de servicio, patrocinio o convenios, incumpliendo todo tipo de formalidad exigida al efecto por la normativa aplicable en cada caso”.
Según ha explicado, dicha normativa en algunos supuestos “no establecía unos exigentes requisitos de validez en atención a la condición y características de cada uno de ellos”. Sin embargo, “sí establecía formalidades encaminadas cuando menos a que constara su existencia en el Consistorio” a través de “la apertura del correspondiente expediente” que debía contener “la debida resolución por parte del órgano de contratación aprobando el gasto, con justificación de su necesidad y la posterior aportación de la factura correspondiente a los trabajos objeto del contrato”.
Desde la Fiscalía han insistido en que el dirigente del PP durante su gestión en Trujillo incumplió todos los requisitos estipulados en la tramitación de contratos menores; requisitos que “determinarían no solo la nulidad de los contratos celebrados”, sino una posible consecuencia penal.
Además, ha subrayado que “Casero comprometió el patrimonio público, en beneficio de terceros, sin constancia alguna de que ello hubiera supuesto interés o beneficio para el interés general de Trujillo”.
Así las cosas, ha defendido que “el examen de las actuaciones confirma, a juicio de esa Fiscalía, la existencia de indicios racionales de la comisión por parte de Casero de sendos delitos de prevaricación administrativa y de malversación de caudales públicos”.
Casero pidió que se archivara el procedimiento
Casero pidió al Supremo que archivara el procedimiento que se sigue en su contra al considerar que no existen indicios que permitan atribuirle ni prevaricación ni malversación en los acuerdos y contratos de servicios que realizó cuando era alcalde de Trujillo (Cáceres) en 2017 y 2018.
En su escrito, el dirigente ratificó lo que ya dijo en sede judicial: que aunque pudo haber problemas administrativos en dichos acuerdos y contratos no ha habido prevaricación alguna por su parte.
Casero reconoció que “la tramitación de esas contrataciones y convenios no siguió los debidos procedimientos administrativos”, y que, por tanto, “se pueden calificar de irregulares o, incluso, si se quiere de ilegales”. Subrayó, sin embargo, que “no suponen una desviación de poder”.
Insistió en que “por más errores administrativos que pudieran existir y que, dado el funcionamiento y precariedad de medios del Ayuntamiento, son perfectamente entendibles, todos los trabajos contratados se prestaron, tal y como queda acreditado en las sentencias correspondientes que condenaron al pago de cantidades al Ayuntamiento”.
A su juicio, “no hay una absoluta falta de fundamento para adoptarlas ni una omisión de trámites cuya ilegalidad sea grosera y manifiesta, contraria a la razón y a las leyes, dictada caprichosamente”.
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