Justicia prevé descargar a los juzgados de 150.000 casos al año obligando a intentar la mediación en impagos o divorcios
El Consejo de Ministros aprobará este viernes el anteproyecto de Ley de Impulso a la Mediación. Una norma con la que Justicia quiere consolidar esta figura para la resolución extrajudicial de conflictos y entre cuyas medidas se encuentra obligar a las partes implicadas en conflictos familiares y mercantiles a probar esta vía antes de recurrir a la judicial. Con ella, el ministerio que dirige Dolores Delgado estima que el 18% de los asuntos que se dirimen en los Juzgados de lo Civil deberán pasar antes por mediación y que se descargarán de esta jurisdicción en torno a 150.000 asuntos al año.
La mediación es una negociación en la que las partes, guiadas por un profesional, intentan alcanzar acuerdos de forma voluntaria y consensuada antes de llegar a la vía judicial. El anteproyecto está pensado, principalmente, para casos en los que los litigantes tienen una relación, ya sea familiar o laboral, cercana: separaciones y divorcios; decisiones sobre la guardia y custodia de los hijos; herencias; divisiones de patrimonios; conflictos entre socios; impagos de alquileres o hipotecas; o reclamaciones de cantidades inferiores a 2000 euros; entre otras.
La propuesta de Justicia espera reducir el coste, “económico y personal”, que asumen las partes que se enrocan en disputas judiciales. Porque, aunque serán ellas quien deben pagar a estos profesionales privados -excepto en los supuestos que tengan derecho a asistencia jurídica gratuita-, desde el ministerio señalan que esta cantidad será menor que la minuta de un abogado y que, además, evitará situaciones de desequilibrio entre litigantes con diferentes niveles adquisitivos.
En los seis meses previos a interponer una demanda, las partes deberán asistir a una sesión “informativa y exploratoria” conducida por un mediador imparcial, propuesto por la parte demandante. De ser rechazado por la otra parte, el anteproyecto contempla la designación, de manera automática y por medios electrónicos, de otro profesional con cualificación apropiada a la naturaleza del conflicto. Después podrán decidir si continuar con la mediación, que es voluntaria, o recurrir a la vía judicial. Si ambas partes se niegan a acudir, no podrán acceder a la vía judicial. En caso de que sea una de las partes la que se niegue a acatar esta medida, el texto contempla que “no existirá pronunciamiento de costas a favor de aquel litigante que no hubiera acudido”. Es decir, aunque finalmente gane el contencioso, deberá pagar las costas.
“Aliviar la carga de trabajo”
Justicia reconoce que esta medida permitirá “aliviar considerablemente la carga de trabajo de los juzgados y dotarlos de mayor rapidez”, después de que la Ley de mediación en asuntos civiles y mercantiles, aprobada en 2012, no haya tenido el efecto esperado. De hecho, actualmente, las partes ya pueden acudir motu proprio a mediación extrajudicial, antes de iniciar un proceso, pero en muchos casos se desconoce esta opción. El propio juez también puede proponer la mediación intrajudicial, una vez iniciado el proceso, pero, en ese punto, las posturas ya suelen estar muy polarizadas, lo que dificulta entendimientos.
El anteproyecto contempla una vacatio legis de tres años. Por lo que, de aprobarse en 2019, la ley no entraría en vigor hasta 2022. Uno de los motivos de este margen es “fomentar la presencia de mediadores en todos los partidos judiciales”, así como su “mejor cualificación profesional en el ámbito del Derecho de familia”. Aunque la figura del mediador ya está regulada y debe contar con un título universitario o de formación profesional superior, así como con “uno o varios cursos específicos en instituciones debidamente acreditadas”, la propuesta de Justicia pasa por exigir que estos profesionales cuenten con formación en igualdad y que sean capaces de identificar casos de violencia de género, en los que la mediación está prohibida. Además, en el plazo de un año desde la aprobación de la ley se prevé introducir como obligatoria la asignatura de mediación en los grados de Derecho y otros “afines”, así como la creación de másteres enfocados en materias concretas de la ley.
Justicia espera que la obligatoriedad de testar la mediación genere un aumento en el número de estos profesionales, que deberán estar apuntados, como ocurre actualmente, en un Registro de Mediadores e Institución de Mediación, dependiente del propio ministerio.
En cualquier caso, tanto la primera sesión informativa, que es la única obligatoria, como las que puedan celebrarse de seguir adelante con la mediación, son confidenciales. Esto es, los contenidos de la misma no podrán ser utilizados como prueba en contenciosos judiciales presentes o futuros. De alcanzar acuerdos, estos tienen carácter vinculante por las dos partes.
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