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El Supremo establece que no hace falta intención de humillar a una víctima para aplicar la agravante de género

6 marzo 2019 - 19:59 h

El Supremo ha confirmado el aumento de la pena a un hombre condenado por agredir sexualmente y golpear a su expareja al aplicar por primera vez la agravante por razón de género contemplada en el Código Penal y establecer que no requiere la intención de humillar, sino que basta una situación humillante. Lo recoge Europa Press.

De este modo, la Sala II del Supremo ha ratificado la sentencia del TSJ de la Comunidad Valenciana que a su vez había incrementado a 9 años la condena de 7 años y medio que la Audiencia de Valencia había impuesto a un acusado por delito de agresión sexual y delito de lesiones. Esa sentencia incluye otra condena a 6 meses de prisión por malos tratos en el ámbito familiar.

Aquí, toda la información.

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