Sánchez y el PSOE ven “contradictorio” el archivo de la denuncia contra la lona de Hazte Oír
La representación legal del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y del PSOE no entiende por qué la jueza ha archivado la causa en la que investigaba si hubo delito en el despliegue de una lona de la asociación ultracatólica Hazte Oír en la que llamaba 'corrupto' al jefe del Ejecutivo. Considera que es “incongruente” y “contradictorio” con lo instruido hasta el momento y por eso se adhieren al recurso presentado por la Fiscalía ante la Audiencia Provincial de Madrid.
Fue a mediados de febrero cuando la titular del Juzgado de Instrucción número 12 decidió archivar el asunto y, si bien Sánchez ya recurrió la decisión ante la propia jueza, ahora con la adhesión al Ministerio Público se dirige también a la instancia superior. Y es que considera que pese a retirarse la lona, que fue desplegada en mayo de 2025 frente al Congreso de los Diputados en lo que a su juicio supuso “un delito consumado de injurias graves”, esa asociación “ha perpetuado la imagen difamatoria (…) allá por donde ha considerado sometiendo a un acoso constante y deliberado” a la figura del presidente del Gobierno.
Y dado que en anteriores decisiones judiciales tanto el primer juzgado que entendió del caso como el actual sostenían la existencia de delito, se “revela la incoherencia de dictar ahora un auto de sobreseimiento”. “(Es) absolutamente contradictorio y contra los propios actos, que ahora se entienda que los hechos no tienen relevancia penal, tratándose de hechos objetivamente producidos, que la lona tenía el contenido y dimensiones que tenía, que fue desplegada por la denunciada y que el contenido de la lona se ha perpetuado”, lamenta.
Explica la adhesión, a la que ha tenido acceso elDiario.es, que esa falta de relevancia penal a la que apunta la jueza es “en todo punto injustificada y prematura” porque permanecen sin practicarse diligencias de prueba ya acordadas y porque no se ha tomado declaración siquiera a la persona que encarga la lona desplegada. A esto, suma que en el auto de archivo, se realiza “una valoración anticipada impropia” ya que se tendría que haber limitado a decir si existen indicios de la comisión de delito o no.
Protección penal reforzada
Recuerda, al hilo, que la jurisprudencia contempla una protección penal reforzada del honor y la integridad institucional de los titulares de órganos constitucionales, tales como el presidente del Gobierno, mediante los tipos agravados de los delitos de injurias y amenazas. Y añade que en todo caso, “los hechos exceden la libertad de expresión política y de la crítica frente al adversario político, suponiendo una grave transgresión de la convivencia política”.
“No nos encontramos ante una crítica política, nos encontramos ante imputaciones delictivas graves contra el presidente del Gobierno, es decir, contra una institución del Estado, usando el insulto y la falsedad impunemente y deteriorando seriamente el estado de derecho, las cuales se reproducen por todos los medios posibles”, explica para apuntalar que no es admisible “la denigración, los insultos y las falsedades” y que con la lona se dañó gravemente la imagen de Pedro Sánchez.
Por su parte, Hazte Oír ha presentado un escrito oponiéndose al recurso de Fiscalía en el que insiste en que ese despliegue se hizo “dentro del legítimo derecho a la crítica política”. Suma que es innegable que la utilización de la palabra “corrupto” junto a la imagen del presidente del Gobierno “hace referencia a casos judiciales y polémicas de indudable interés y debate público (…), y constituye un acto de expresión social legítimo”.
Fue el pasado 10 de marzo cuando trascendió que la Fiscalía Provincial de Madrid recurría en apelación el archivo porque se pretendió “humillar y deshonrar a la víctima” y se lesionó “su dignidad humana y en consecuencia su integridad”.
Para la fiscal del caso, Lorena Cabezas, los hechos son constitutivos de un delito contra la integridad moral y un delito de coacciones o acoso, y recordaba que la campaña “tuvo una gran repercusión en redes sociales y en diversos medios de comunicación”. Además, entendía que quedan diligencias por practicar, en concreto las que ya solicitó en septiembre de 2025 y que incluía incorporar a la causa el reportaje fotográfico realizado por la policía científica, que se tomara declaración en calidad de investigado al responsable de la asociación encargado de contratar la lona y que la Brigada Provincial de Información identificara a los responsables de la web y de las redes sociales utilizadas para difundir la campaña.
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