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El Senado aprueba la reforma de la ley del ‘solo sí es sí’: la nueva norma eleva las penas pero no acaba con las revisiones

Imagen de la protesta ante el Ministerio de Justicia contra la reforma de la ley del 'solo sí es sí'.

Elena Herrera

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La reforma de la ley del ‘solo sí es sí’ que eleva las penas en ciertos casos de agresión sexual ya está definitivamente aprobada. El texto enviado por el Congreso la semana pasada tras una votación que rompió al dos al Gobierno de coalición ha recibido el aval del Senado. Ya ha cumplido, por tanto, todos los trámites parlamentarios y entrará en vigor una vez se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE). La Cámara Alta ha aprobado la proposición de ley con 231 votos a favor, 19 en contra y cuatro abstenciones. 

El PSOE ha conseguido sacar adelante su iniciativa para modificar parte del esqueleto penal de la ley con el apoyo parlamentario del PP, mientras aliados tradicionales del Ejecutivo como ERC y EH Bildu se han posicionado en contra. Unidas Podemos, que votó en contra del texto en el Congreso, no tiene representación en el Senado. La extrema derecha de Vox no ha participado en la votación. Tras conocerse el resultado, toda la bancada del PP salvo su líder, Alberto Núñez Feijóo, se ha levantado a aplaudir la aprobación de una reforma en la que sus votos han resultado decisivos. Los senadores del PSOE se han quedado sentados.  

La reforma recoge esencialmente la propuesta que el PSOE registró en solitario tras semanas de infructuosas negociaciones con sus socios e incluye algunas modificaciones pactadas con el PP. Durante el debate, la senadora socialista Elena Diego insistió en que “resuelve” una situación “que ha generado gran preocupación en la sociedad” sin “dejar fuera el paradigma del consentimiento”. “Tomar conciencia del error y pedir disculpas como hizo el presidente del Gobierno no nos aleja del movimientos feminista”, afirmó. “Se ha producido un acto que humilla a las mujeres y había que corregirlo”, añadió después el senador José María Oleaga, también del PSOE. 

Era la respuesta de los socialistas a las críticas de aliados tradicionales de la coalición. Especialmente dura fue la senadora de ERC Sara Bailac, que dijo que al PSOE le habían “temblado las piernas” ante la “derecha mediática y política”. “Están pactando con quienes llevan los derechos de todas al Tribunal Constitucional cada vez que pueden”, aseveró. Idurre Bideguren, de EH Bildu, afirmó que con la nueva ley las víctimas tendrán que someterse de nuevo a “preguntas impertinentes”. El PP, por su parte, calificó la ley del 'solo sí es sí' como “el error legislativo más escandaloso de la democracia”. “Hoy aquí comienza la derogación del sanchismo”, dijo la senadora Patricia Rodríguez dirigiéndose a Feijóo, que siguió el debate desde su escaño. 

Revisiones de condenas

Este cambio legal llega tras varios meses de desgaste político por la acumulación de rebajas de penas y excarcelaciones de delincuentes sexuales que han llevado a cabo jueces de todas las adscripciones desde su entrada en vigor, el pasado octubre. Al menos 978 condenas se han visto reducidas y 104 delincuentes han sido excarcelados, según el Poder Judicial.

Esas revisiones son consecuencia de los cambios en las horquillas de penas que trajo la ley del ‘solo sí es sí’. Al unificar bajo la agresión sexual conductas que abarcan desde los supuestos menos graves (abusos) a los más graves (agresión) se ampliaron las horquillas de penas para incluir todos los casos. En consecuencia, bajaron las penas mínimas y algunas máximas, lo que derivó en rebajas de penas en virtud del principio básico del derecho que obliga a aplicar al reo la ley penal más favorable. 

La reforma no acabará con ese goteo porque al ser, en principio, una ley menos favorable no se puede aplicar retroactivamente. Se aplicará a aquellos agresores sexuales que delincan desde su publicación en el BOE, lo que lleva a sus promotores a afirmar que evitará a futuro que delincuentes sexuales tengan castigos menos severos de los que les habría correspondido con la ley del ‘solo sí es sí’. 

Consentimiento y tipos unificados

La nueva ley no toca la definición del consentimiento y mantiene la unificación de los delitos de abuso y agresión, pero introduce de nuevo la evaluación de la violencia y la intimidación para que la existencia de estas circunstancias determine un mayor castigo. Tras analizar diferentes escenarios, la ministra de Justicia, Pilar Llop, y sus asesoras llegaron a la conclusión de que la única opción posible para justificar una subida de las penas era introducir un subtipo para las agresiones con violencia, intimidación o sobre una víctima privada de sentido. 

La exposición de motivos justifica que hay “modalidades especialmente graves” por la propia naturaleza de la conducta —ya sea por el uso de violencia o intimidación o porque la víctima tiene anulada su voluntad— que encierran una “gravedad equiparable al empleo de violencia o intimidación”. No se trata, a su juicio, de “circunstancias agravantes que rodean el delito, sino que (...) están en la conducta misma”. 

Así, la reforma mantiene las horquillas de penas del ‘sí es sí’ en el tipo general. Y añade en cada artículo una gradación más alta (similar a la de la legislación anterior al ‘solo sí es sí’) para los supuestos en los que existe violencia, intimidación o anulación de la voluntad. El tipo básico de agresión sexual mantiene la pena de uno a cuatro años, pero recupera la horquilla de uno a cinco años (que es la que había en el antiguo Código Penal) cuando la agresión se comete empleando las citadas circunstancias. El mismo esquema se sigue para los casos de violación: la horquilla de cuatro a 12 pasa a una de seis a 12. Y también para las circunstancias agravadas como los casos en los que el violador es la pareja de la víctima: el mínimo de siete años se eleva a 12. 

Es un esquema similar al que existía antes de la ley del ‘sí es sí’, aunque esas circunstancias eran las que entonces se utilizaban para diferenciar entre los delitos de abuso (menos grave) y agresión (más grave). La nueva regulación unificó ambos tipos penales: pasó a considerar agresión todo atentado contra la libertad sexual, con independencia del método utilizado para doblegar la voluntad de la víctima. El objetivo era cambiar la manera en la que se juzgan los delitos sexuales: centrar la discusión en la existencia de consentimiento y evitar que las víctimas tuvieran que demostrar una resistencia heroica para probar la violencia y que el delito se calificara como agresión. 

Esta es la principal crítica que Unidas Podemos y otros tradicionales aliados de la coalición como ERC o EH Bildu. Sus dirigentes creen que situar la violencia o la intimidación en el núcleo del delito hará pivotar los procedimientos sobre la existencia de esos elementos y no sobre el consentimiento. Y volver, en consecuencia, al “esquema judicial” que se pretendía superar con este cambio legal. Los socialistas, sin embargo, defienden que “lo que es más grave se tiene que castigar con una pena mayor”, según ha dicho en varias ocasiones en los últimos meses la titular de Justicia.

Para tratar de resolver el problema de las bajadas de penas pero sin volver a introducir la violencia, la intimidación o la anulación de la voluntad en el tipo general, Unidas Podemos, ERC y EH Bildu plantearon colocar esas circunstancias como agravantes del delito. Esto, en la práctica, se traducía en un nuevo esquema de penas más duras que las que plantea la norma finalmente aprobada.

En esas circunstancias de violencia, las enmiendas de los citados grupos —y que han sido rechazadas en el trámite parlamentario— contemplan una horquilla de dos a ocho años sin penetración y de siete a quince con penetración. Es una propuesta que también ha suscitado las críticas del PSOE porque conlleva mayores incrementos de pena que podrían provocar condenas “desproporcionadas”, lo que choca con el mensaje de que no es una ley punitivista. 



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