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El Supremo investigará al 'número tres' de Podemos por un presunto atentado contra la autoridad y lesiones en una manifestación en 2014

Alberto Rodríguez, desde la tribuna del Congreso

Europa Press / elDiario.es

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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha abierto causa penal al diputado de Unidas Podemos y secretario de organización de Podemos, Alberto Rodríguez, al considerar que existen indicios de que pudo cometer delitos de atentado contra la autoridad y lesiones durante una manifestación celebrada en 2014, antes de su entrada en Podemos, donde actualmente es secretario de Organización. La Sala ha designado instructor al magistrado Antonio del Moral.

El juzgado de Instrucción nº 4 de San Cristóbal de La Laguna (Santa Cruz de Tenerife) remitió en diciembre de 2019 al Tribunal Supremo testimonio del procedimiento abreviado seguido, entre otros, contra el diputado de Unidas Podemos en virtud de un atestado instruido por la Policía de la Comisaría de La Laguna, por la comisión de un presunto delito de atentado contra agentes de la autoridad y lesiones. El Ministerio fiscal había presentado escrito de acusación solicitando la imposición de una pena de un año de prisión por el delito y un mes de multa.

Los hechos que se investigan ocurrieron en 2014 durante una manifestación contra la ley educativa que promovía el entonces ministro José Antonio Wert y en la que Rodríguez no fue identificado por los agentes de la autoridad. Fuentes de Podemos aseguran a elDiario.es que la noticia ha causado “asombro”.

Aforamiento

El juzgado de instrucción canario había acordado la apertura del juicio oral contra él por hechos presuntamente constitutivos de un delito de atentados y lesiones, pero al acreditar su condición de Diputado al Congreso, acordó la nulidad parcial de dicho auto en lo que se refería al aforado.

Respecto a este mismo diputado, el Tribunal Supremo abrió una causa en 2017 por un delito de desorden público en relación con unos hechos ocurridos en la Laguna el 25 de diciembre de 2006 y, posteriormente, declaró extinguida su responsabilidad penal al considerar que había prescrito el delito por el que se le había investigado.

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