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El Supremo rechaza una querella del PP contra el fiscal general por ascender a Dolores Delgado

La exfiscal general del Estado, Dolores Delgado, en una imagen de archivo

Alberto Pozas

15 de abril de 2024 13:30 h

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El Tribunal Supremo ha rechazado la querella con la que el Partido Popular buscaba la imputación de Álvaro García Ortiz, fiscal general, por ascender a Dolores Delgado a la máxima categoría de la carrera fiscal. Los jueces explican que la anulación de ese nombramiento el pasado mes de noviembre no implica que el fiscal general cometiera un delito de prevaricación, destacando que ni siquiera tomó decisiones a lo largo de ese proceso más allá de proponer el nombramiento. Delgado, recuerda la Sala de lo Penal del Supremo, cumplía los requisitos formales para acceder al puesto de fiscal togada.

Los jueces de lo contencioso del Tribunal Supremo anularon el ascenso de Delgado a fiscal togada de lo militar. Una sentencia en la que los magistrados entendieron que existió desviación de poder ya que Álvaro García Ortiz fue explícito al señalar que el objetivo no era cubrir la plaza sino dar el ascenso a su predecesora, al entender que debía ser así en todos los casos. “La finalidad buscada por el Fiscal General del Estado fue asegurar a doña Dolores Delgado García su promoción a la máxima categoría de la Carrera Fiscal, tratando de llenar lo que, en opinión del proponente, es una carencia de la legislación en vigor”, dijo el Supremo en noviembre.

El Partido Popular decidió aprovechar esa sentencia para abrir la vía penal contra el fiscal general, presentando una querella por prevaricación y nombramiento ilegal. Una querella que acaba de ser inadmitida por el Tribunal Supremo: la nulidad del nombramiento no implica que fuera un delito, explica la sala presidida por Manuel Marchena, y García Ortiz ni siquiera firmó las resoluciones que terminaron por ser declaradas irregulares.

El fiscal general, explica el Supremo al PP, hizo la propuesta de nombramiento pero “carecía de poder decisorio sobre el nombramiento dado que dicha atribución correspondía al Consejo de Ministros”. Tampoco delinquió porque la sala de lo contencioso-administrativo apreciara “desviación de poder” en la propuesta de nombramiento. “No cabe trasladar de forma automática la desviación de poder apreciada en sede contencioso-administrativa al ámbito penal del delito de prevaricación”, afirma.

Tampoco hubo un ilícito de nombramiento ilegal. Dolores Delgado, tal y como admite el propio PP en su querella, “reunía formalmente los requisitos establecidos en la normativa vigente para la cobertura de la vacante”, ya que llevaba más de 20 años en la Fiscalía y “pertenecía a la segunda categoría”.

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