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Opinión - ¡Con los jueces hemos topado! Por Esther Palomera

El Tribunal Superior de Madrid rechaza la querella de Pedro Sánchez contra el juez Peinado

El juez Juan Carlos Peinado, el pasado día 1 de agosto, saliendo de los juzgados.

Alberto Pozas

18 de octubre de 2024 13:36 h

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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha decidido inadmitir la querella que Pedro Sánchez presentó a través de la Abogacía del Estado contra el juez Juan Carlos Peinado por prevaricación. “Sea acertada o no la fórmula elegida por el juez, no quiso interrogar al Presidente por sus actos como institución, sino al esposo de la querellada”, afirma el TSJM para avalar esa diligencia. El tribunal todavía tiene pendiente decidir si rechaza o admite la querella que Begoña Gómez presentó contra el juez. Uno de los magistrados del TSJ acusa a la Abogacía del Estado de actuar con temeridad y de intentar perturbar a los tribunales, proponiendo incluso una multa como castigo.

El presidente del Gobierno se querelló contra el juez que desde hace meses investiga a Begoña Gómez después de su citación como testigo, de forma presencial en su despacho de La Moncloa y no por escrito tal y como permite la ley. La Abogacía del Estado entendió que Juan Carlos Peinado podría haber incurrido en un delito de prevaricación al incurrir en “arbitrariedad” y también en un “injusto proceder” de forma “palmariamente contraria” a la normativa.

Para la Abogacía del Estado, Peinado no dedicó ni “una sola línea” para justificar que la declaración de Sánchez se realizara en persona y no por escrito. Según Peinado, Sánchez no era llamado a declarar como Presidente del Gobierno sino como esposo de la imputada, rechazando que pudiera comparecer por escrito tal y como marca la Ley de Enjuiciamiento Criminal pero permitiendo que lo hiciera en su despacho. “Se trata de impedir que el ejercicio del poder judicial altere innecesariamente el discurrir y labor de los demás poderes estatales”, argumentó la Abogacía del Estado.

La Fiscalía había apoyado la apertura de una investigación contra Peinado al considerar que pudo prevaricar en el proceso de citación de Pedro Sánchez como testigo, al no haber motivado “jurídicamente” la necesidad de que el Presidente del Gobierno declarara de forma presencial en La Moncloa y no por escrito, como permite hacerlo la Ley de Enjuiciamiento Criminal. El Ministerio Público solicitó la apertura de diligencias para averiguar si detrás de esta decisión había “una finalidad ajena al proceso” sin que esto sea una “simple discrepancia jurídica” que se pueda resolver a través del sistema de recursos.

El Tribunal Superior de Madrid rechaza ahora estas acusaciones de prevaricación e incluso acusan a la Abogacía del Estado de interponer una querella de “carácter especulativo” contra Peinado, destilando un “prejuicio” y afirmando que obedece “al intento de tergiversar” el delito de prevaricación. La citación de Sánchez como testigo, afirma el TSJM, “se hizo claramente por actos no derivados del ejercicio de las funciones de Presidente”.

La decisión ha sido tomada por unanimidad con los votos de Celso Rodríguez y Francisco José Goyena, el magistrado que pidió al Supremo la imputación del fiscal general, y con la opinión añadida de Jesús María Santos, especialmente crítico con la Abogacía del Estado. Considera este juez que la querella de la Abogacía estaba “desprovista de fundamento”, era “conscientemente gratuita o arbitraria” y “menoscaba seriamente el clima de serenidad y sosiego que debe acompañar al quehacer del Poder Judicial”. Este magistrado entiende que la Abogacía del Estado y Pedro Sánchez tendrían que haber sido multados con hasta 6.000 euros por temeridad procesal.

Entienden los jueces que la citación del Presidente del Gobierno no es un ataque al Gobierno. “No es la primera vez que esto sucede en nuestra histórica democrática”, afirman. Afirman también de forma enigmática que hay decisiones judiciales que tienen influencia en el devenir político de un país: “Hay ejemplos no tan lejanos en el tiempo...”, dice el auto sin especificar a cuál se refieren.

Fuentes del Gobierno han mostrado su respeto a la resolución aunque han mostrado su discrepancia con los razonamientos jurídicos y la “argumentación” que incluye el auto. “Nos sorprenden algunas manifestaciones inusuales e innecesarias para la motivación jurídica del Auto, máxime cuando la Presidencia del Gobierno y la Abogacía del Estado únicamente pretenden preservar la garantía del ejercicio de un derecho que corresponde a la institución y ver si su vulneración podría constituir un ilícito penal”, han dicho fuentes autorizadas. ⁠“Nuestra obligación como Gobierno es, como siempre, defender la legalidad, el Estado de Derecho y las instituciones”, añaden.

Esas mismas fuentes han insistido en la idea que trasladaba la querella de que el único fin de llamar a declarar al presidente del Gobierno era “convertir esa declaración en un instrumento para perjudicar políticamente al Ejecutivo instrumentalizando un procedimiento judicial”. “⁠Lamentablemente, esta sospecha se ha revelado cierta. El mismo día que el juez envió a las acusaciones particulares, diversas organizaciones ultraderechistas, fundamentalistas y antivacunas), la declaración, esta fue filtrada a numerosos medios de comunicación”, añade.  

Una querella pendiente

Esta no es la única querella por prevaricación que pesa sobre Juan Carlos Peinado por su gestión de las diligencias en las que investiga la actividad profesional de Begoña Gómez. La propia esposa del Presidente del Gobierno, a través de su abogado Antonio Camacho, presentó una querella contra él, ampliando las acusaciones a otras decisiones que ha tomado a lo largo de los últimos meses desde su juzgado: una causa, denuncia, “perversa y prospectiva” basada en una denuncia de organizaciones de extrema derecha como Manos Limpias, HazteOir o el partido Vox.

La Fiscalía se ha opuesto a la admisión de esta querella al entender que las quejas de la esposa del Presidente del Gobierno deben resolverse por la vía de los recursos y no como un caso de presunta prevaricación.

Los mismos jueces del TSJM rechazaron también una tercera acción penal contra Peinado, esta procedente de Máximo Pradera, que acusa al instructor de revelación de secretos por algunas comunicaciones públicas del caso a través del gabinete de prensa cuando pesaba el secreto de sumario sobre la causa. En este asunto la Fiscalía ha pedido que se rechace la querella de Pradera pero que se investigue si una de las acusaciones populares, el abogado Aitor Guisasola, incurrió en revelación de secretos al comunicar determinadas decisiones a través de su cuenta en la red social X y su canal de YouTube donde acumula cientos de miles de seguidores.

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