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Los jueces obligan a publicar los estudios sobre el glifosato que Europa declaró secretos para preservar los “intereses comerciales”

Botes de herbicida a base de glifosato.

Raúl Rejón

El Tribunal General de la Unión Europea ha obligado a la Agencia Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) a que haga públicos los estudios que le sirvieron para asegurar que el herbicida glifosato no suponía peligro de generar cáncer en los humanos.

La EFSA rebatió en noviembre de 2015 el aviso del Centro Internacional de Investigaciones sobre el Cáncer (CIIC) de la ONU sobre el potencial cancerígeno del glifosato –el herbicida más aplicado en la Unión Europea–. La Agencia aseguró que “probablemente no presenta ningún riesgo”. Y basó su decisión, entre otros, en estudios presentados por las comercializadoras que mantuvo archivados.

Ahora los magistrados anulan las resoluciones que denegaron el acceso público a los documentos solicitado por algunos particulares y eurodiputados. La EFSA adujo que facilitar esos estudios “supondría un perjuicio serio para los intereses comerciales y financieros de las empresas”, que esta información “no era necesaria para verificar la evaluación científica de los riesgos” y que “no existía un interés público superior que justificase la divulgación”. El Tribunal ha tumbado estas razones.

El fallo ha establecido que “reviste un interés público superior con respecto al interés basado en la protección de intereses comerciales de una persona física o jurídica, de modo que la protección de dichos intereses comerciales no puede ser invocada frente a la divulgación de esta información”. Y añade que “el público debe tener acceso, no solo a la información sobre las emisiones como tal sino también a las consecuencias a más o menos largo plazo”.

Este fallo ordena “la divulgación de todos los estudios solicitados” y el acceso a las partes “material, condiciones de ensayo y métodos” y «resultados y análisis» de los análisis. La Agencia, tras conocer la resolución, ha afirmado que “da la bienvenida a la decisión” y añade que “es importante porque orienta a la EFSA sobre la interpretación de la legislación europea sobre el acceso a documentació”. Esta resolución es recurrible ante el Tribunal de Justicia Europeo.

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