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La Justicia europea considera “discriminatorio” el sistema de financiación del bono social de las eléctricas

14 octubre 2021 - 10:46 h
Tribunal de Justicia de la Unión Europea en Luxemburgo. EFE/EPA/JULIEN WARNAND/Archivo

El régimen de financiación del bono social de las eléctricas es discriminatorio. Así lo determina el Tribunal de Justicia de la UE en una sentencia conocida este jueves en respuesta a dos cuestiones prejudiciales presentadas por el Tribunal Supremo, en las que falla que la legislación europea se opone a que el coste de la financiación del bono social “se haga recaer únicamente en las sociedades que desarrollen las actividades de producción, distribución y comercialización de energía eléctrica, ya que este criterio, elegido por el legislador nacional para distinguir entre las sociedades que deben asumir ese coste y aquellas que quedan totalmente eximidas de hacerlo, conduce a una diferencia de trato entre las distintas sociedades que operan en ese mercado que no está justificada de manera objetiva”.

Las cuatro grandes eléctricas (Endesa, Iberdrola, Naturgy y EDP España) y Repsol, que entra en el grupo tras la compra de la comercializadora de gas y electricidad de Viesgo, aportaron en torno al 93% de la financiación para el bono social eléctrico en 2019.

Por Andrés Gil.

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