El Constitucional sentencia que el Ingreso Mínimo Vital no invade competencias autonómicas
El Tribunal Constitucional ha decidido rechazar el recurso de la Generalitat de Catalunya contra el Ingreso Mínimo Vital al entender que es una competencia estatal puesta en marcha respetando las competencias autonómicas. El ejecutivo catalán cuestionaba que la medida aprobada por el Gobierno en mayo de 2020 invadía sus competencias en materia de Seguridad Social y había recurrido ocho artículos y varias disposiciones adicionales y transitorias.
La respuesta del Constitucional es que no existe invasión de competencias porque el Gobierno puso en marcha la medida “dentro de la competencia estatal sobre legislación básica en materia de Seguridad Social entra la fijación de los requisitos, alcance y régimen jurídico de las prestaciones de Seguridad Social”. Avalan también los jueces del tribunal de garantías que el ejecutivo central legislara con el Ingreso Mínimo Vital “la determinación de su modelo de gestión, lo que garantiza que el acceso a tales prestaciones y su disfrute por parte de los ciudadanos se produzca de forma igualitaria y homogénea en todo el territorio nacional”.
Informan Alberto Pozas y Pau Rodríguez.