Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
El Gobierno endurece el discurso sobre la inmigración por la crisis de Ceuta
Una Atención Primaria tensionada ante una población que envejece
Opinión - El PP tras el visillo, por Rosa María Artal

El tuit que mandaba “a la fosa” a la edil de IU no se investigará como delito de odio

Maite Molina

Javier Ramajo

El juez de Granada que investiga el caso originado en un tuit dirigido a una concejala del Ayuntamiento de Granada desde el perfil de un ultraderechista residente en Asturias (“Maite Molina IU, puedes irte a morirte también, o si no te irás a la fosa dentro de un tiempo, estarás pudriéndote entre cal viva”) ha archivado la investigación en lo que respecta al delito de incitación a la discriminación, odio y la violencia, tal y como pidió en última instancia la Fiscalía.

Según ha informado la propia edil a eldiario.es/andalucia, justo después del pronunciamiento del Ministerio Público el juez le notificó una resolución judicial continuando la causa por un posible delito de amenazas e injurias graves pero archivando la posibilidad de la existencia del mencionado delito de odio y violencia. A juicio de la denunciante, es “insuficiente” porque, según explica, las amenazas vienen provocadas por la declaración del imputado ante la Policía y es en el informe de la Brigada de Investigación Tecnológica “donde la Policía Judicial habla de delito de odio por su simpatía y colaboración con grupos neonazis, además de tener antecedentes de agresión al bloque de izquierdas asturiano y a un joven punky”.

De hecho, así lo entendió la Fiscalía, si bien ahora ha cambiado de criterio y ha excluido del caso el artículo 510 del Código Penal, que castiga con prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses a aquellos que provocaren a la discriminación, al odio o a la violencia contra grupos o asociaciones, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia o raza, su origen nacional, su sexo, orientación sexual, enfermedad o minusvalía.

En septiembre de 2013, en base al informe citado por la concejala y a la investigación de los hechos, la Fiscalía vio indicios de la presunta comisión, a través de Internet, del mencionado delito de incitación al odio y la violencia, pero ahora cree que el extremista asturiano podría haber incurrido en un delito de injurias graves emitidas con publicidad, que se castiga con penas de multa. El juez se apunta a este nuevo criterio del fiscal y el asunto sigue su curso hacia el juicio por unas posibles amenazas o injurias graves.

Etiquetas
stats