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La Junta confía en que la sentencia del Supremo impida nuevos regadíos ilegales

Trasvase Tajo-Segura

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La consejera de Fomento del Gobierno de Castilla-La Mancha, Elena de la Cruz, ha valorado positivamente la reciente sentencia emitida por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en la que emite un fallo a favor de un recurso interpuesto por la Junta de Comunidades por el que se otorga a la Administración autonómica castellano-manchega el carácter de administración interesada en los expedientes sobre concesiones de aguas procedentes del trasvase Tajo-Segura.

Para Elena de la Cruz, el valor de esta sentencia radica en que “se nos tiene que dar traslado para personarnos si no estamos de acuerdo con las decisiones que se toman con el agua que se trasvasa, con las concesiones que se dan sobre ese agua”, un aspecto en el que hasta ahora estaba completamente al margen el Ejecutivo castellano-manchego.

La consejera ha hecho hincapié en que el Plan Hidrológico del Tajo aprobado el pasado mes de enero por el Gobierno de España “regularizaba miles de hectáreas de regadío ilegales” en el Sureste del país. “Seguramente se han regularizado con el agua que proviene del trasvase”, ha afirmado. Al serle reconocido a la Junta de Comunidades el derecho de conocer los detalles de estas concesiones, “podremos pedir informes y tener notificación de lo que se hace con ese agua”, por lo que “tenemos la esperanza de que no se vuelvan a producir”, ha afirmado Elena de la Cruz.

La sentencia, fechada el pasado 21 de junio en Madrid, firmada por seis magistrados y hecha pública el pasado lunes, es contraria a los argumentos que esgrimían la Abogacía del Estado y la Confederación Hidrográfica del Segura, que sostenían que la Junta de Comunidades no tenía derechos afectados ni interés legítimo afectados por las resoluciones adoptadas en relación a los regantes de la cuenca receptora del agua del trasvase.

La Administración regional había presentado un recurso de casación ante el Tribunal Supremo contra una sentencia dictada previamente por el Tribunal Superior de Justicia de Murcia que otorgaba la razón a los argumentos de las instituciones del Estado.

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