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El Supremo pide el suplicatorio para juzgar a Blanco por tráfico de influencias

El juez pide el suplicatorio de José Blanco por tráfico de influencias

elDiario.es

El juez que instruye el caso Campeón en el Supremo ha pedido al tribunal que tramite el suplicatorio al Congreso para actuar contra el exministro socialista José Blanco por tráfico de influencias, aunque no por el delito de prevaricación que también le imputaba el fiscal. La decisión puede ser recurrida por el diputado socialista y ex número dos del PSOE ante la Sala Penal del Tribunal Supremo, que será la que confirme o no la petición del magistrado José Ramón Soriano.

En el auto hecho público hoy, el juez concede que José Antonio Orozco buscó “otras vías” para obtener una licencia para construir una nave industrial en el municipio barcelonés de Sant Boi ya que “los informes negativos del técnico del ayuntamiento” implicaban “un desembolso económico importante”.

El magistrado remacha: “Es determinante el cambio de actitud del Ayuntamiento [de Sant Boi] después de las reuniones con el Alcalde, provocadas por el aforado, José Blanco. El juez recuerda que ”la jurisprudencia ha entendido que la afinidad política y el desempeño de ciertos cargos de tal naturaleza puede constituir una forma de presión o influencia en la persona que tiene que dictar la resolución“.

En cuanto al delito de prevaricación, el magistrado asegura no entender el proceder de la Fiscalía ya que, de existir dicho delito, la acusación pública debería haber pedido también la inculpación de quienes lo cometieron efectivamente en el Ayuntamiento, ya que es allí donde se redactaron los informes que, finalmente, permitieron a la empresa Azkar construir la nave industrial.

Rechazo de diligencias

En un segundo auto hecho público hoy el mismo magistrado rechaza la práctica de una serie de investigaciones solicitadas por la Fiscalía. Aunque el juez Soriano recuerda al instructor que “no puede, si no quiere incurrir en serias responsabilidades, impedir la práctica de diligencias útiles o esenciales para el esclarecimiento de los hechos”, asegura que la práctica de nuevas pruebas obliga a que el Congreso de los Diputados emita el permiso prerrogativo.

Además, incide en que las algunas de las diligencias “ya fue denegada a la policía judicial por no resultar necesarias o decisivas para la investigación que se realizaba”. En concreto, el juez determina que estas pruebas “parecen ir dirigidas a indagar la entrega por terceras personas de cantidades dinerarias al entonces Ministro, lo que puede constituir un delito de cohecho impropio” que, en todo caso, habría prescrito.

Consulta el auto del Tribunal Supremo.

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