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Falciani o cómo no se debe combatir el fraude fiscal

Firmas argentinas gestionaron 393 millones de dólares en el banco HSBC en Suiza

Fernando Velayos

Hervé Falciani era un empleado del banco HSBC en Suiza. Gracias a su posición en esta entidad, tenía acceso a los nombres de depositarios de fondos en la sede suiza de ese banco. Empleó esta facultad para hacerse con una lista de personas físicas y, por motivos que no se conocen demasiado bien (es decir, que no es claro si Falciani quiso obtener ventaja de su ex-entidad con la amenaza de publicarlo), lo cierto es que esta información ha acabado en manos del gran público tras pasar por las autoridades francesas y otra serie de manos.

Esta “vía Falciani” de acceso a información con trascendencia tributaria, donde algún “francotirador” tiene acceso a una serie de datos y los divulga, es sin duda útil a los fiscos que la han recibido y hace correr ríos de tinta (entre los cuales este post) y de indignación. Pero ¿es la forma más eficaz de luchar contra el fraude tributario internacional?

Es dudoso, porque esos datos:

1. Son muy parciales  dado que el negocio del banco HSBC en Suiza es residual. Y por lo tanto no alcanza ni de lejos a todos los potenciales defraudadores. Por tanto, a duras penas puede significar una lucha generalizada contra el fraude, pues ni abarca toda Suiza ni todo el negocio financiero ligado a la evasión se concentra en ese país.

2. Están descontextualizados, pues varias personas recogidas en la lista no son defraudadoras. Obsérvese que la propia investigación del “International Consortium of Investigative Journalists” ya lo viene a reconocer para ciertas personas de renombre que se encuentran en la lista. Pero lógicamente surge la pregunta, y la duda legítima, de si muchas otras de las incluidas en esa lista no tendrán esas cuentas correctamente declaradas, y el hecho de invertir en Suiza obedezca a muchos otros motivos: en primer lugar su seguridad personal, si en el país en el que residen proliferan los secuestros, los asesinatos, la extorsión sobre la gente adinerada, y los bancos no ofrecen tampoco garantías de conservar esa discreción. En segundo lugar, la necesidad de proteger su patrimonio de la inseguridad jurídica y macroeconómica, diversificando las fuentes de inversión.  En tercer lugar, lo más profundo de su intimidad (un(a) amante, un hijo no reconocido, etc.).

3. Son discontinuos, pues no aseguran el flujo de información en periodos sucesivos. Porque más Falcianis ha habido y habrá. Pero son “golpes de suerte” (de desgracia para algunos, como decía antes). Las entidades financieras tienen reglas muy estrictas, cada vez más estrictas, para controlar su información bancaria y no será fácil que esta información escape de nuevo, y en todo caso es imprevisible cuándo y en qué condiciones lo hará. De hecho, el lector recordará el caso, en diciembre de 2008, del empleado del LGT group, una entidad financiera de Liechtenstein de donde las autoridades fiscales alemanas compraron muchos datos.

4. Son asistemáticos, pues no aportan una panorámica integral de la situación tributaria de esos contribuyentes, ni siquiera con esa entidad financiera, que en la mayoría de los casos no será la única de la que esa persona sea cliente. Son los datos que “el Falciani de turno” haya podido robar.  

Por otra parte, junto a este “modelo”, tenemos los avances en materia de intercambio de información tributaria internacional. Se trata de una iniciativa para generalizar el intercambio de información financiera automático. Hoy ya son 92 jurisdicciones las comprometidas a hacerlo antes del fin de 2018, muchas de ellas importantes plazas financieras, desde luego Suiza. Con esta iniciativa, todas las Administraciones tributarias participantes conocerán a partir de 2017 cuáles son los patrimonios financieros (esto es, controlados por, o depositados en bancos) de las personas físicas residentes en su territorio. Y de ahí que controlar sus impuestos sea mucho más fácil. Pero a diferencia de la “vía Falciani”, esta información intercambiada recíprocamente:

1. Será general por el ámbito de países que participan, prácticamente todos. Los que quedan fuera en estos momentos son solo 4 y es dudoso que las grandes fortunas migren a lugares que no les merezcan garantías. Una cosa es no pagar al Fisco, y otra perderlo todo...

2. Se tratará conforme a los cauces legales establecidos, de modo que serán las Administraciones tributarias las encargadas de recibir esa información, procesarla y valorar el potencial de riesgo de cada contribuyente; ya sea internamente o abriendo el consiguiente procedimiento de fiscalización, con todas las garantías legales y procedimentales. Y todo ello en un marco de respeto a la confidencialidad, lo que permite a famosos y desconocidos por igual ahorrarse el juicio de la turbamulta, y al sistema no tener que iniciar muchas causas sin base legal y de éxito incierto.

3. Se recibirá en forma periódica, todos los años, en las mismas fechas, abarcando periodos pasados predeterminados. Esto empezará, como se ha mencionado, en 2017, luego el primer ejercicio del que se obtendrá información será 2016 (en algunos casos será 2017).

4. Será sistemática, abarcando información bancaria de amplio espectro (cuentas, títulos depositados, productos estructurados, fondos de inversión) , y haciéndolo de forma estandarizada, lo que permite que su tratamiento y depuración  sean mucho más fáciles y los resultados obtenidos mucho más precisos, con pocos errores y grandes posibilidades para el tratamiento masivo de esa información.

Pero es que además este avance, ya de por sí de un valor extraordinario y que se puede calificar de hito histórico, podría verse reforzado en la UE tras la reciente carta conjunta de los ministros de Finanzas de Alemania, Francia e Italia enviada al Comisario Moscovici, instándole a proponer la adopción (con efectos en 2016) de una serie de medidas de lucha contra el fraude, primordialmente dirigidas a las multinacionales (las mencionadas en la iniciativa BEPS y otras), pero que también incluyen otras muy importantes como la identificación de los beneficiarios efectivos de cualquier vehículo de inversión opaco; la fijación de un principio de tributación efectiva en Europa, es decir, que cualquier renta quede siempre gravada en algún lugar de la Unión- lo cual no viene ocurriendo ahora en todos los casos, por increíble que parezca-;  el establecimiento de medidas antielusión europeas (hoy cada país tiene, con el permiso del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, las suyas propias); y  finalmente la inclusión de medidas defensivas comunes contra los paraísos fiscales u otras jurisdicciones que no colaboren con el marco general mencionado.

Concluyamos: en materia de lucha contra el fraude fiscal no hay atajos. Pretender que una serie de variopintos y anecdóticos salvapatrias fiscales, sin los conocimientos técnicos para articular una política antifraude, puedan sustituir o incluso encontrar una alternativa, al entramado institucional hoy en pie a escala nacional e internacional, es cuando menos ingenuo, más propio de la chapuza castiza que del buen Gobierno.

La lucha contra el fraude fiscal es una pelea que se lleva dando seriamente a nivel internacional desde hace unos 20 años, y donde los resultados, insisto, espectaculares en perspectiva histórica (tras más de un siglo sin logros), son trabajosos (medidos en términos políticos) y técnicamente complejos (es decir, entre otras cosas, difíciles de llevar a la práctica). En este sentido, la posición de España debería seguir siendo la de contribuir al trabajo serio y sistemático de las instituciones multilaterales y la cooperación bilateral .

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