El recurso podría paralizar la reapertura de Aznalcóllar hasta 2017
Había una opción menos conflictiva: el requerimiento de inconstitucionalidad. El Consejo de Ministros optó el pasado viernes por repetir la fórmula empleada con la ley antidesahucios, entre otras, e instar al presidente del Gobierno a interponer un recurso de inconstitucionalidad contra el decreto ley de la Junta de Andalucía que permitía la reapertura de la mina de Aznalcóllar (Sevilla).
Invocando el artículo 161.2 de la Constitución, cerraba la puerta de la vía negociada, es decir, el requerimiento de inconstitucionalidad que permite el artículo 62 de la ley orgánica del Tribunal Constitucional. Si el presidente del Gobierno Mariano Rajoy interpone el recurso, pueden pasar cinco meses hasta que el Tribunal Constitucional decida admitirlo a trámite y tres años más para tomar una decisión: la reapertura de la mina se podría retrasar así hasta el año 2017.
Blanca Lozano, catedrática de Derecho Administrativo de la UNED, afirma que “la interposición de estos recursos suspenderá automáticamente tanto la aplicación del decreto ley como el concurso, pues así lo dispone el artículo 161.2 de la Constitución. El Tribunal Constitucional tendrá entonces un plazo de cinco meses para decidir si mantiene la suspensión mientras resuelve el recurso o si la levanta”.
Lozano indica que “el recurso tardará en resolverse entre uno y tres años, y mientras tanto, aunque se levantase la suspensión, sería difícil que los inversores quisieran adquirir unos derechos mineros que están siendo enjuiciados por el Tribunal Constitucional”. Si el Alto Tribunal decide aceptar el recurso, el Gobierno pierde toda oportunidad de reabrir el yacimiento y ha de esperar hasta que éste se pronuncie.
¿Dejaría el Gobierno central que las cosas lleguen a este extremo a pesar de que el partido que gobierna votó a favor de la apertura de la mina en el Parlamento Andaluz? Según José Ignacio López González, catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Pablo de Olavide, aún queda espacio para la negociación: si el presidente del Gobierno no presenta este martes el recurso de inconstitucionalidad contra el decreto ley 9/2013 de la Junta, Rajoy estaría obligado a intentar llegar a un acuerdo previo.
El profesor López González asegura que “de no interponerse el recurso este martes, el artículo 33.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional arbitra un plazo superior de nueve meses, pero obliga a intentar un acuerdo previo a través de la Comisión Bilateral de Cooperación entre la Administración General del Estado y la Junta de Andalucía, lo que posibilitaría, en un plazo razonable dada la trascendencia del tema, llegar a algún acuerdo y poner en común este y otros problemas de esta naturaleza entre el Estado y la Junta de Andalucía. Esta formula sería más ventajosa para todos”.
El catedrático de la UPO insiste en que, independientemente de lo que decida el tribunal, la constitucionalidad del decreto ley “no puede depender exclusivamente de lo que diga literalmente la Ley de Minas de 1973 sino de su correcta interpretación en el marco de la Constitución, el Derecho de la Unión Europea y las competencias que hoy consagra el Estatuto de Autonomía para Andalucía”.
Por su parte, Ecologistas en Acción le ha reprochado a la Junta de Andalucía la “absoluta arbitrariedad” con la que viene actuando en asuntos relacionados con la minería. El grupo ecologista critica que su “falta de rigor ambiental, técnico y jurídico, hace que se aprueben proyectos totalmente inviables” y afirma que están provocando problemas de “inseguridad ambiental y jurídica”.