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Macarena Olona denuncia a la alcaldesa de Salobreña por presunta prevaricación al anular su empadronamiento

Macarena Olona, en la Comandancia de la Guardia Civil

Álvaro López / Europa Press

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La candidata a la presidencia de la Junta de Andalucía de Vox, Macarena Olona, ha presentado este lunes ante la Guardia Civil de Salobreña, en la Costa Tropical de Granada, una denuncia contra la alcaldesa, María Eugenia Rufino (PSOE), por la presunta comisión de un delito electoral y de prevaricación administrativa con vulneración de sus derechos fundamentales en el polémico asunto de su empadronamiento en esta localidad granadina. La querella, a la que ha tenido acceso elDiario.es Andalucía, niega todo lo relacionado con un asunto que ha llevado a Andaluces Levantaos a impugnar su candidatura.

La denuncia se basa en varios hechos que Olona y el partido de extrema de derecha consideran delictivos. Por un supuesto delito de prevaricación administrativa (ex artículo 404 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal), así como por un supuesto delito electoral (ex artículo 139.7 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General). Dos delitos en los que además aprecian la vulneración de los derechos fundamentales de la denunciante reconocidos en los artículos 19 y 23 de la Constitución española.

El escrito contra la alcaldesa de Salobreña, de 17 páginas, parte de la premisa de que las declaraciones que hizo a la Cadena SER el expresidente del Vox Granada, Manuel Martín, asegurando que Macarena Olona estaba empadronada en una de sus viviendas, pero que no podía decir que viviese “regularmente” en ella ni que hubiese un contrato, son falsas. Su veracidad, dice Olona en la querella, ha sido “expresamente negada” por Martín.

Para justificar la presunta prevaricación por parte de María Eugenia Rufino, la líder de Vox en Andalucía recuerda que el Ayuntamiento de Salobreña emitió un comunicado el mismo día que se conoció la noticia del controvertido empadronamiento en el que no se apreciaba “ninguna irregularidad”. Sin embargo, según sostiene Olona en su denuncia, Rufino muestra apoyo explícito a la candidatura del PSOE para la Junta de Andalucía y su abierta “animadversión” hacia ella. Cuestiones que, infiere, le habrían llevado a cometer este presunto delito de prevaricación.

Duda del informe policial

Sobre el informe policial en el que se basó Salobreña para anular el empadronamiento de oficio de Macarena Olona el pasado viernes, a la espera de que la propia candidata de Vox presente alegaciones (para lo que tiene 15 días), en la denuncia se recoge que dicho documento se basa en un “único indicio” que son precisamente las declaraciones de Manuel Martín ante la Cadena SER. Declaraciones que el expresidente niega a través de un escrito enviado al Consistorio cuando la polémica ya ha trascendido públicamente.

Con la denuncia, la candidata de Vox ha señalado que demuestra que “no va a dejar sin respuesta las actuaciones caciquiles del Gobierno contra su persona y su formación política”, para centrarse “a partir de ahora en los problemas que realmente interesan a los andaluces”. Además, se le trata de privar a la denunciante de un derecho fundamental, como sería el de voto, “reconocido en el artículo 23 de la Constitución española, dado que la baja en el padrón municipal comportaría la imposibilidad de participar con su voto en las próximas elecciones autonómicas andaluzas señaladas para el próximo 19 de junio de 2022”.

“Restringir su derecho fundamental a la libertad de residencia, según proclama el artículo 19 de la Constitución española”. Como conclusión, Macarena Olona asume que “la alcaldesa denunciada no puede excusarse en el desconocimiento de la normativa aplicable a la regulación del empadronamiento, y protección de datos, que supone una flagrante infracción de normas de seguridad que pone en serio peligro la seguridad personal de la candidata”.

“Todo ello, refrendado por los argumentos esgrimidos en la resolución dictada este mismo lunes por la Junta Electoral Provincial, que indica la absoluta legalidad de la actuación de la candidata”, ha alegado. “Cualquier obstáculo al reconocimiento de otra situación que la de la legalidad del empadronamiento supone una vulneración de derechos fundamentales por parte de sus promotores, además de actos delictivos”, ha concluido.

La Junta Electoral le da la razón

Cabe recordar que la Junta Electoral Provincial de Granada no ha encontrado “obstáculo legal alguno” en este momento para la proclamación de la candidatura de Macarena Olona a la Presidencia de la Junta de Andalucía por Vox en las próximas elecciones andaluzas del 19 de junio y ha rechazado la solicitud de su anulación realizada por la coalición Andaluces Levantaos por “no cumplir el requisito de vecindad” en Andalucía y por su supuesto “empadronamiento ficticio” en el municipio granadino de Salobreña. No obstante, el partido andalucista ya ha anunciado que interpondrá una nueva impugnación y que están trabajando en la redacción del escrito, sin descartar emprender la vía judicial.

Una situación que ocurre después de que el pasado viernes el Ayuntamiento de Salobreña dictase la anulación de oficio del empadronamiento de Macarena Olona al apreciar que existen dudas razonables sobre si realmente vive de forma habitual en la vivienda en la que está censada. Un hecho por el que Andaluces Levantaos considera que se ha podido cometer un “fraude de ley”, aunque la Junta Electoral de Granada no ha visto motivos hoy para frenar la candidatura de la líder de la extrema derecha.

No obstante, todavía queda por dilucidar qué ocurrirá con su baja en el padrón municipal de Salobreña. Aunque su nombramiento como cabeza de lista ya es firme por parte de la Junta Electoral, si la justicia ordinaria o una nueva impugnación lo estimasen oportuno, Olona podría ser retirada de la lista de Vox Granada, de modo que el número 2, Ricardo López, pasaría a ser el número 1. Fuentes judiciales no descartan ningún escenario, aunque asumen que la posición de la candidata de la extrema derecha para Andalucía es favorable para sus intereses ya que los plazos administrativos en los que se mueve acompañan a la candidata.

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