Absuelven a una médica de Oviedo que anticipó con paliativos la muerte “más o menos inminente” de una mujer
Una médica de familia que se encontraba de guardia en una clínica privada de Oviedo, el 2 de enero de 2018, cuando una mujer de 73 años ingresó por un edema pulmonar y a la que pautó cuidados paliativos en vez de seguir un tratamiento ha sido absuelta del delito de homicidio por imprudencia grave por el que ha sido juzgada siete años después de la muerte de la paciente.
Entre los argumentos aducidos para la absolución destaca el hecho de que no se pudo determinar “de forma concluyente” la causa de la muerte, ya que no se llegó a practicar la autopsia al cadáver.
Asimismo, la sentencia resalta el hecho de que ante el deterioro general del estado de la paciente y su situación “agónica” hacian prever una muerte “más o menos inminente”.
Las peticiones de pena
La familia decidió denunciar a la médica por un delito de homicidio por imprudencia grave. El juicio se celebró a principios de este mes en el Juzgado de lo Penal número 2 de Oviedo.
La Fiscalía pedía para la acusada un año de cárcel, tres años de inhabilitación especial para el ejercicio de la medicina y el pago de una indemnización de 60.000 euros a la familia de la víctima.
La acusación pública estimaba que la facultativa había errado en su tratamiento y sostenía que tenía que haber seguido el protocolo que marcaba un tratamiento consistente en monitorización, vigilancia, oxígeno y fármacos.
La acusación particular, que ejercían los hijos de la fallecida, elevaba la petición de pena a dos años de cárcel y 90.000 euros de indemnización. En el juicio la familia mantuvo que la acusada había incurrido en una “negligencia médica inexcusable”.
Sin autopsia
Sin embargo, la magistrada titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Oviedo, María Elena González, ha seguido la tesis de la defensa que interesaba la absolución y ha eximido a la facultativa de toda responsabilidad penal en el fallecimiento de la mujer, ocurrida el día de Reyes de 2018.
La ausencia de una prueba pericial que certificara con total precisión cuál fue la causa exacta del fallecimiento ha propiciado que en este caso se barajaran dos opciones: edema agudo de pulmón y tromboembolismo pulmonar.
El ingreso
La mujer, de 73 años, ingresó inicialmente el 20 de diciembre de 2017 en el hospital de San Agustín, en Avilés, el padecer insuficiencia renal, dolor tipo cólico periumbilical, y deterioro general con astenia, anorexia y pérdida de peso, anemia, bajo ánimo y encamamiento.
Ante un empeoramiento de su estado general, sus hijos decidieron trasladarla, el 2 de enero de 2018, al Centro Médico de Asturias, en Oviedo, y quedó ingresada en el servicio de Medicina Interna.
La paciente tuvo una mejoría inicial, pero en la madrugada del día 5 presentó agitación, se cayó de la cama y precisó sujeción mecánica. Al día siguiente, una enfermera avisó a la acusada.
Sin estímulos
La doctora había declarado en la vista oral que el día de Reyes había entrado de guardia a las nueve de la mañana y una hora después una enfermera la había avisado para que viera a la paciente, ante la ausencia del médico internista. La enfermera había apreciado en la mujer un “deterioro general importante” y la había dicho que “estaba desconectada del medio”.
La acusada fue rotunda en su declaración: indicó que nada más mirar a la paciente, desde la puerta de la habitación, ya se veía una situación “fea”, pues estaba “desconectada”, no respondía a estímulos verbales ni dolorosos, con “pupilas arreactivas”.
“Era el desenlace de una muerte anunciada”
Además, tenía una “respiración agónica”, baja saturación de oxígeno, el cual no le llegaba ya al cerebro, estaba hipotensa, y presentaba un tono azulado, con la piel macerada de pies y manos.
Con todos estos síntomas, la médica explicó que “no tuvo ninguna duda de que se había instaurado el proceso de fallecimiento” y que era el “desenlace final de una muerte anunciada”, según consta en la sentencia.
Morfina “para aliviar el sufrimiento”
Ante este desolador panorama, la médica llamó a los familiares de la paciente, que no habían pasado la noche con ella, “dejándola sola y que no respondieron a su llamada”, miró las anotaciones en su historia y comprobó que el día antes no constaba anotación alguna, esto es, que “no había recibido atención médica”.
La facultativa pidió que aplicaran a la paciente “oxígeno y morfina para intentar aliviar un síntoma de agonía claro”, tras intentar sin éxito localizar a sus familiares antes de administrar cloruro mórfico. Solo logró hablar con ellos después del fallecimiento.
“Poco más se podía hacer”
“Poco más se podía hacer”, porque la situación era “irreversible”, llegó a manifestar ante la magistrada.
La magistrada explica en la sentencia, a la que ha tenido acceso elDiario.es Asturias, que el desenlace final de la enfermedad se presentó “de forma repentina”, aunque todo apunta a que se inició con anterioridad y que durante la noche anterior la paciente había iniciado “el proceso de muerte”.
Sin acuerdo entre los peritos
El fallo resalta que la acusada “pautó el tratamiento adecuado al estado que apreció claramente en la paciente, en situación agónica, esto es, de fallecimiento inminente, como así sucedió; y que de haber aplicado la acusada los protocolos médicos existentes, el desenlace habría sido el mismo, la muerte inevitable”, añade la sentencia.
En la vista oral declararon varios peritos, pero no hubo un acuerdo unánime ni sobre en qué momento comenzó el deterioro, ni coincidieron en cuál de los dos diagnósticos era el que presentaba a tenor de los informes -edema agudo de pulmón y tromboembolismo pulmonar-, ni el tratamiento que se debía haber seguido, ni tampoco sobre “la inminencia o no de la muerte” de la paciente.
La sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Asturias.
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